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La inconstitucionalidad del aporte solidario

El Juzgado Federal Número Uno de Corriente entendió que, al no ser voluntario, el “aporte” constituye claramente una carga pública monetaria, de carácter económico: un impuesto.

21 de agosto de 2022 a las 12:01 a. m.
Alberto Martín Gorosito
La inconstitucionalidad del aporte solidario
Máximo Kirchner, diputado del Frente de Todos, autor del proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas.

Con sólidos fundamentos constitucionales, el Juzgado Federal Número Uno de Corrientes (”Intra, Manuel Ulises) declaró hace dos semanas la inconstitucionalidad del aporte solidario ley 27.605, llamado impuesto a la riqueza, citando copiosa jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La sentencia reconoce los efectos de la pandemia, sin que ello valide cualquier norma paliativa de la crisis. El límite lo constituye la propiedad privada que sólo puede ser expropiada con declaración de utilidad pública y previamente indemnizada.

Entiende que, al no ser voluntario, el “aporte” constituye claramente una carga pública monetaria, de carácter económico: un impuesto. Por tal motivo, si bien surge de ley, tiene como límite la confiscatoriedad sobre la renta de los bienes sujetos a imposición.

Descarta la posición fiscal de calcular límite constitucional sobre el capital; si así fuera, demuestra –con cita de Juan Bautista Alberdi y un sencillo ejemplo– que en poco tiempo el impuesto liquidaría el patrimonio del contribuyente.

A continuación, siempre citando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación , fundamenta la imposibilidad constitucional de que un tributo sea confiscatorio. Y, en virtud de la prueba producida –imperiosa en cada caso concreto–, que acredita que el tributo absorbería la totalidad de la renta del contribuyente y gran parte de su patrimonio, concluye que el tributo es inconstitucional.

La sentencia es una profunda lección de Derecho Constitucional Tributario, de lectura obligatoria, que expone con claridad los límites al poder de imposición del Congreso nacional, que surgen de los artículos de la carta magna citados por el tribunal.

* Exvocal del Tribunal Fiscal de la Nación