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Inercias dictatoriales cooperativas

La seudolegislación que todavía rige a cooperativas, mutuales y funda­ciones argentinas pertenece, en su matriz, a sucesivos gobiernos de facto.

11 de noviembre de 2013 a las 02:00 p. m.
Roberto Fermín Bertossi*
Inercias dictatoriales cooperativas

La seudolegislación que todavía rige a cooperativas, mutuales y funda­ciones argentinas pertenece, en su matriz, a sucesivos gobiernos de facto.

En efecto, para las cooperativas aún rige, desde el 15 de mayo de 1973, el decreto de facto que lleva el número 20.337; desde el 10 de mayo de 1973, el decreto mutual número 20.321; desde el 25 de septiembre de 1972, el decreto número 19.836 para las fundaciones y, en lo atinente a bancos y cajas de crédito cooperativos, la legislación de Jorge Rafael Videla y José Martínez de Hoz (decreto número 21.526/77).

Todo esto pese al rol legislativo de Carlos Heller en el sector cooperativo/financiero, un hombre supuestamente comprometido con un gobierno nacional, popular y progresista (¿o de costos diferidos?).

Si leemos la documentación “oficial” que contiene la exposición de motivos del decreto de facto cooperativo vigente –suscripta por Ricardo J. Álvarez de Toledo, Arturo Vainstock, Manuel Domper, Constancio Francisco Beltramo y Dante Osvaldo Cracogna– podremos anoticiarnos de forma documental acerca de cómo las corporaciones Cooperar y Coninagro aprobaron sin reservas las bases de esta legislación conforme al uso y las atribuciones conferidas por el artículo quinto del Estatuto de la Revolución Argentina, comandada entonces por Alejandro Agustín Lanusse. Se trata de una legislación inconstitucional, que sanciona y promulga este caudillo militar del arma de Caballería del Ejército el 2 de mayo de 1973.

En todo el país, cooperativas y mutuales se relacionan cor­porativamente con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes), en cuyo directorio sus corporaciones imponen y controlan a cuatro de sus siete integrantes.

Resulta inadmisible que ya con 30 años de democracia se conserve y proteja el sometimiento cooperativo y mutual a disparates inconstitucionales semejantes. Extraña la “tolerancia” de Cooperar y Coninagro ante tamaña rémora legislativa para democratizar con una nueva legislación esta economía solidaria civil, pese a la conformación y el funcionamiento de la Comisión Permanente de Asuntos Cooperativos, Mutuales y de organizaciones no gubernamentales.

Finalmente, en Argentina ni la democracia ni su Constitución nacional alcanzaron todavía para democratizar de manera genuina y profunda toda la legislación de nuestra economía solidaria civil, conformada por cooperativas, mutuales y fundaciones, las que aún permanecen subordinadas y sometidas a las oficialmente denostadas corporaciones e inercias dictatoriales oprobiosas.

*Abogado.