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Procesado por robo fue excarcelado por $ 200, pero no los pudo pagar

Finalmente recibió la libertad bajo palabra.

30 de agosto de 2011 a las 12:53 p. m.
Agencia DyN
Procesado por robo fue excarcelado por $ 200, pero no los pudo pagar

Buenos Aires. La Cámara del Crimen concedió la libertad bajo palabra a un hombre procesado como coautor de "robo agravado por haber sido cometido con armas" porque no pudo pagar la fianza que le había fijado un tribunal, de apenas 200 pesos.La decisión fue adoptada por los camaristas Rodolfo Pociello Argerich y Mauro Divito y benefició a Hernán Gastón Goitea, quien había sido procesado con prisión preventiva por el juez de instrucción Gustavo Pierreti.El imputado tiene abiertos, además, otros procesos penales. Primero, los camaristas Jorge Rimondi y Luis Bunge Campos valoraron que Goitea aportó su verdadero domicilio, "en el que residiría su familia compuesta por su madre y nueve hermanos".No obstante, el tribunal entendió que "a los fines de asegurar su comparecencia para, de este modo, garantizar la realización del juicio, resulta necesario que su libertad sea concedida bajo una caución de tipo real cuyo monto se fija en la suma de 200 pesos".Además, mantuvo "la obligación de comparecer cada 15 días, incluida la feria judicial, al tribunal de la causa, establecida en el marco del incidente de excarcelación".Sin embargo, ni Goitea, ni sus familiares, consiguieron reunir el dinero para recuperar la libertad."Desde que se impusiera la suma de 200 pesos para caucionar la libertad del causante ha trascurrido un tiempo tal (29 días) que traduce la imposibilidad de satisfacer la suma impuesta como garantía. A ello se añade que ha manifestado hallarse desocupado al momento de su detención", analizaron en la nueva instancia los jueces Divito y Pociello Argerich.Así, dispusieron "sustituir la caución real por una juratoria", es decir concederle la libertad bajo promesa de no fugarse ni entorpecer la investigación, y sin tener que desembolsar dinero alguno.El tribunal mantuvo, no obstante, "la obligación de comparecencia que se le impusiera, con la finalidad de asegurar el normal desenvolvimiento del proceso".