Lanzan plan en cuotas para regularizar las multas de la Caminera
Regirá hasta el 18 de diciembre. La reducción alcanza hasta el 50% en caso de multas "firmes", informó Rentas.
La Dirección de Rentas de Córdoba lanzó un plan, hasta el próximo 18 de diciembre, que pone a disposición de los contribuyentes un nuevo régimen excepcional de regularización de acreencias no tributarias correspondientes a multas "firmes" labradas por la Policía Caminera.
También incluye a cánones, derechos y multas previstas en el Código de Aguas de la Provincia; y multas derivadas de las leyes provinciales originadas en el ámbito dela Secretaría de Ambiente.
Caminera, hasta en 12 cuotas. En el caso de las sanciones dela Policía Caminera la reducción alcanza el 50 por ciento de su valor determinado por el respectivo Juez Municipal de faltas, pudiendo abonarse hasta en 12 cuotas.
"Este beneficio no comprende a las multas que se encuentren en Gestión Judicial", se clara desde Prensa del Gobierno.
Embargos y subastas. La Dirección de Rentas comunica que los procuradores tienen la instrucción por parte de la Fiscalía Tributaria adjunta de impulsar medidas cautelares, "embargando los vehículos de los titulares de estas multas impagas y en caso de ser necesario ejecutar la venta de los mismos a través de la subasta pública".
Los infractores podrán emitir su liquidación de las multas de Policía Caminera ingresando a la página web de la DGR www.dgrcba.gov.ar. También pueden acercarse a las sedes de Rentas en el horario de 8 a 20 o llamar al 0800-444-8008 ó al 0800-888-9988.
Sobre las sanciones de agua y ambiente. En esos dos casos, los conceptos incluidos corresponden a acreencias que se encuentran en estado administrativo, prejudicial y judicial. Y las obligaciones podrán pagarse de Contado o en Planes de facilidades de Pago de hasta 12 cuotas.
En caso que el contribuyente abone de contado, tendrá una reducción del 70 por ciento; si lo hace entre 2 y 6 cuotas, la rebaja es del 60 por ciento y si opta entre 6 y 12 cuotas, el descuento es del 50 por ciento.

