A juicio oral por hurtar cuatro pedazos de queso
El hombre vive en la calle, es desocupado y hacía dos días que no comía.
La Cámara del Crimen porteña confirmó el procesamiento y envió a juicio oral a un hombre que vive en la calle, acusado de intentar hurtar cuatro pedazos de queso de un supermercado para poder comer ya que hacía dos días que no se alimentaba, según explicó en la Justicia.
El tribunal ratificó el procesamiento por el delito de "hurto en grado de tentativa" sobre el acusado, quien tomó cuatro pedazos de queso y los escondió entre sus ropas pero fue detenido por un empleado de seguridad del local cuando intentaba irse.
El hecho. Los jueces Juan Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich dieron por probado el hecho por la declaración de un empleado del supermercado que vio cuando el acusado se guardaba el queso, según el fallo al que accedió hoy DyN.
También agregaron que no tenía "monto de dinero alguno con el que hubiese podido adquirir mercadería".
Por hambre. El hombre explicó que intentó llevarse los quesos porque hacía dos días que no comía, es desocupado y vive en la calle mendigando monedas.
Por esas circunstancias, el tercer juez del tribunal, Mauro Divito, votó por sobreseer al acusado aplicando el principio de "insignificancia", por el cual se rechaza la acusación porque lo hurtado es una afectación mínima al derecho de propiedad.
El camarista calificó el intento de hurto como de "escasa gravedad" y que "no importó una afectación penalmente relevante respecto del bien jurídico propiedad".
"En tal sentido, pondero que intentó sustraer cuatro pedazos de queso en un supermercado, en circunstancias tales que ello importó un mal menor que el que cabe inferir que pretendía evitar, esto es, una afectación de su salud por falta de alimentos", concluyó Divito.
Procesamiento. Sin embargo, los otros dos magistrados rechazaron aplicar en el caso el principio de "insignificancia" y confirmar el procesamiento.
El juez Cicciaro señaló que la \'insignificancia\' "sólo puede jugar cuando es tal que lleva a despojar a la cosa de ese carácter, independientemente del mayor o menor valor de aquella, aspecto que es relevante sólo a los fines de graduar la pena".
En esa línea, Pociello Argerich agregó que la lesión al derecho de propiedad "es tan amplia que este se verá afectado, más allá del valor económico que la cosa en sí posea".

