Fallo del TSJ por reclamo de una interna
Declaró ilegal una disposición del Servicio Penitenciario. Una presa pidió que le reconocieran al menos el 75% del salario mínimo.
El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba (TSJ) declaró ilegal una disposición del Servicio Penitenciario que establecía categorías laborales para los internos con remuneraciones inferiores a las tres cuartas partes del salario mínimo, vital y móvil, piso remunerativo fijado en la ley nacional 24.660, a la cual adhirió la Provincia.La resolución del TSJ ordena que las retribuciones devengadas por el trabajo de una interna que formuló el planteo judicial sean liquidadas en un equivalente a las tres cuartas partes del salario mínimo vital y móvil establecido por la Dirección de Estadísticas y Censos, "sin perjuicio de las deducciones legítimas que correspondan".El tribunal consideró que "si bien el Jefe del Servicio Penitenciario posee facultades para establecer categorías laborales, no puede trasvasar los límites contenidos en la ley y el decreto reglamentario y mucho menos descordándolos en perjuicio de los derechos de la interna" que hizo la demanda."La normativa local puede establecer categorías profesionales y porcentajes salariales, pero no puede disponer quitas por debajo de ese límite que claramente funciona como piso y no como techo", puntualizó la sentencia.La demanda había sido presentada por la interna María del Carmen Córdoba contra una resolución que desde 2007 recortó las remuneraciones de los presos que trabajan.

