Quedó detenido un ex fiscal federal de Córdoba
Antonio Cornejo está sospechado de no haber investigado delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar cuando era funcionario.
El ex fiscal federal Antonio Cornejo quedó detenido en su casa esta tarde luego de declarar en la Justicia Federal por una causa en la que está acusado de no haber investigado delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar cuando era funcionario del Poder Judicial.
Fuentes judiciales indicaron que Cornejo declaró ante el juez federal de La Rioja, subrogante del Juzgado Federal Nº2 Daniel Piedrabuena, quien ordenó la prisión domiciliaria porque los médicos forenses dictaminaron "la imposibilidad de permanencia en algún establecimiento carcelario". De esta forma, mañana se le hará una junta médica para ver su estado de salud.El caso. Por la misma causa, ayer fue apresado el ex juez federal Miguel Ángel Puga. Tanto Cornejo como Puga se los acusa de no haber investigado los crímenes de José Moukarzel y Miguel Mozé. En la causa también está imputado el también ex fiscal Alí Fuad Alí, sospechado de posible responsabilidad en casos de lesa humanidad. Los imputados habrían omitido investigar sabiendo de los fallecimientos de los presos, ya que habían sido notificados por un juez, entre ellos Adolfo Zamboni Ledesma (ya fallecido).Para mañana se espera que declare el ex juez del Tribunal Oral N1º Carlos Otero Álvarez, mientras que el jueves lo haría el ex defensor oficial Luis Eduardo Molina, y el viernes otro defensor oficial, Ricardo Haro.
En la causa, Piedrabuena investiga más de un centenar de hechos de complicidad, privación ilegítima de la libertad e incumplimiento de deberes públicos contra detenidos ilegales de la dictadura que estaban alojados en la Unidad Penitenciaria Nº 1, actualmente cárcel de San Martín.
Cambio de carátula. La causa, antes caratulada como "Alí Fuad Alí y otros por supuesta infracción al artículo 248 del Código Penal", fue recaratulada como "Cornejo, Antonio Sebastián y otros por supuesta infracción a los artículos 248, 274 y 277 del Código Penal".
El artículo 248 reprime al "funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales, o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o que no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".
A su vez, el artículo 274 señala que el "funcionario público que, faltando a la obligación de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes, será reprimido con inhabilitación absoluta de seis meses a dos años, a menos que pruebe que su omisión provino de un inconveniente insuperable".

