Temas del día:

Para evitar sanción, aprueban ley antilavado

El Senado aprobó ayer la norma contra el lavado de activos provenientes de ilícitos. La Argentina podía ser sancionada el 20 de junio por el Grupo de Acción Financiera Internacional.

02 de junio de 2011 a las 12:01 a. m.
Agencia DyN
Para evitar sanción, aprueban ley antilavado

Buenos Aires. La Cámara de Senadores aprobó ayer y convirtió en ley el proyecto de lucha contra el lavado de activos provenientes de ilícitos, que tipifica a esa actividad como delito autónomo, y permitirá que la Argentina no sea sancionada por el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) en su próxima reunión en México el 20 de junio. El Senado tomó la decisión en una votación de 61 legisladores que lo hicieron por la positiva, contra dos por la negativa, a cargo de los justicialistas disidentes Adolfo Rodríguez Saá y Roberto Basualdo.La votación del Senado concluye el ciclo parlamentario de una ley reclamada por el Ejecutivo ante la advertencia realizada por el organismo internacional de control de lavado de dinero proveniente del narcotráfico, el terrorismo, el crimen organizado y la corrupción. La presidenta de la comisión de Justicia y Asuntos Penales, Sonia Escudero, argumentó a favor de la aprobación, aunque dijo que le molestaba que estén "siempre legislando con el apuro de términos que se vencen: la verdad es que el Gafi comenzó a pedir estos ajustes desde 2004, qué estuvimos haciendo desde entonces para tener que aprobar esas modificaciones contrarreloj", preguntó.Agregó que "en la última revisión, se determinó que la Argentina cumple parcialmente o incumple 46 de las 49 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional" y que "los riesgos de una sanción podrían tener consecuencias serias para el sector productivo y financiero argentino".En el debate hubo reproches de la oposición por la acotadísima acción de la Unidad de Investigación Financiera (UIF), y el ejemplo más a mano fue el del caso de Sergio Schoklender, a quien la Coalición Cívica denunció hace tiempo por presunto lavado, sin que avanzara ninguna investigación.La ley tipifica la acción como delito autónomo del lavado de activos, por lo que su sanción no requerirá que la persona sancionada haya cometido otro delito. Además, elimina la restricción que une esa figura al acto de encubrir delitos ejecutados por otros, lo que impide en la actualidad la persecución penal del denominado "autolavado". Los montos punibles fueron elevados a 300 mil pesos y se estipula que quien realiza una maniobra de lavado inferior a ese monto tiene la misma pena que el encubrimiento. El texto, además, declara la autonomía y autarquía financiera de la UIF y requiere que los futuros funcionarios sean designados después de realizar un concurso público transparente y abierto en el ámbito del Ministerio de Justicia.La ley también autoriza al Ejecutivo a remover al presidente y vicepresidente de la UIF en caso de incurrir en mal desempeño de sus funciones o en grave negligencia, o cuando fueran condenados en delitos dolosos. Además, fija a la UIF un plazo de 150 días corridos, en lugar de los actuales 30, para informar operaciones sospechosas, y prohíbe iniciar investigaciones de oficio o a partir de reportes automáticos.Además, se aprobó la llamada "ley correctiva", remitida ahora a Diputados para su tratamiento, que establece que los escribanos públicos y los profesionales en ciencias económicas deberán informar al organismo de control cuando realicen operaciones de compraventa de inmuebles, administración de activos del cliente o cuentas bancarias y organización de aportes para el desarrollo de compañías. Además, esa norma considera a los delitos previsionales y contra la seguridad social, presentes en la norma requerida por el Gafi, como de "evasión previsional agravada, aprovechamiento indebido de subsidios, obtención fraudulenta de beneficios fiscales y asociación ilícita para la comisión de delitos tributarios" y obliga a la UIF a fijar los montos mínimos y máximos de operación sobre los que deberá emitirse información.