Ordenan a juez fallar por el cepo cambiario
La Cámara Federal le ordenó al juez Alejandro Sánchez Freytes fallar en el caso de una mujer que vive en Londres. El juez lo había considerado abstracto.
La sala B de la Cámara Federal de Córdoba ordenó al juez Federal Alejandro Sánchez Freytes tomar en consideración la presentación de un reclamo contra la Afip en rechazo al cepo cambiario que el magistrado había rechazado por considerar que el tema había devenido "abstracto". Se trata de un caso ya conocido, el de una ciudadana argentina con campo en Córdoba pero que reside en Londres, y que necesita poder utilizar la renta de esa propiedad para sostenerse en esa ciudad. Patrocinada por el abogado y constitucionalista Antonio María Hernández, la mujer había presentado un pedido de amparo y reclamado la declaración de inconstitucionalidad de las normas por las que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) le negó la posibilidad de adquirir divisas con los pesos de su renta.En la primera instancia, la Afip argumentó, entre otras cosas, que la norma que estaba atacando la presentación judicial (la resolución de la Afip con las que se inició el cepo cambiario) ya no regía porque la responsabilidad administrativa de las restricciones había sido asumida luego por el Banco Central de la República Argentina, a través de una comunicación (las normas por las que el Central rige al sistema financiero).Pero los camaristas Abel Sánchez Torres, Luis Rueda y José María Pérez Villalobo devolvió el expediente a Sánchez Torres, rechazando el carácter de asunto "abstracto" que había argumentado el magistrado. Además, dispuso que las costas del litigio estén a cargo de la Afip."La amparista, aun frente al hipotético caso de la adquisición de los dólares, niega que el amparo pueda devenir en abstracto solicitando expresamente la declaración de inconstitucionalidad de la normativa impugnada, cuestión que el juez de primera instancia no resuelve", criticó la Cámara."El fallo de Sánchez Torres repetía lo que decía la Afip. Pero acá lo importante es que una limitación de derechos no puede hacerse por una resolución. Sólo puede hacerse por una ley", sostuvo Hernández.
¿A la Corte?
En este caso, la Afip interpuso ayer un recurso extraordinario para llevarlo ante la Corte Suprema. La Cámara aún no lo concedió. De suceder así, sería tal vez el primer caso del cepo cambiario en arribar al máximo tribunal del país. En Mar del Plata hay otro pleito que podría seguir un rumbo parecido.

