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Medios: la Corte revocó fallo contra la ley

Era una medida cautelar dispuesta por la Justicia Federal mendocina a raíz de que un diputado denunció vicios en la sanción.

16 de junio de 2010 a las 12:01 a. m.
Medios: la Corte revocó fallo contra la ley
(Télam).

La Corte Suprema de la Nación revocó ayer una medida cautelar dispuesta por la Justicia Federal mendocina que había suspendido la vigencia integral de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, aprobada por el Congreso en octubre del año pasado.

Se trata del recurso que había planteado el diputado mendocino Enrique Thomas (bloque Peronismo Federal) con el argumento de que hubo vicios e irregularidades en la sanción.

Para el máximo tribunal nacional, el diputado Thomas carece de legitimación para cuestionar el trámite de sanción de la ley y los jueces no pueden suspender leyes de modo general.

La sentencia aclaró que no se pronunciaba acerca del contenido de la ley 26.522 (ley de medios), sino sobre la validez de una medida cautelar que suspendió la totalidad de la normativa por la existencia de presuntas irregularidades.

Expectativa en Salta. No obstante el fallo, la aplicación de la norma sigue suspendida integralmente por la cautelar que dispuso la Justicia Federal de Salta a pedido de la diputada nacional Beatriz Daher, que realizó planteos parecidos a los de Thomas. Por eso, se cree que, tras el fallo de la Corte, la Cámara Federal de Salta no demorará en pronunciarse en términos similares.

También, algunos artículos de la polémica legislación permanecen suspendidos por orden de otros jueces de distintas jurisdicciones que admitieron cuestionamientos más específicos (ver Las otras causas ).

Estos planteos contra la aplicación de la ley fueron presentados por representantes de medios de comunicación contra artículos como el 161, que obliga a empresas a desprenderse de licencias vigentes; el 45, que cuestiona la multiplicidad de licencias; o el que directamente prohíbe la existencia y conformación de cadenas privadas de medios.

El constitucionalista Gregorio Badeni agregó que la norma tampoco podría entrar en vigencia porque hasta ahora el Poder Ejecutivo no ha reglamentado varios artículos muy importantes.

Al cuestionar el fallo de la Cámara Federal de Mendoza, la Corte dijo que los jueces no pueden suspender leyes de modo general.

"Los jueces -establece la sentencia- deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada que logre obtener una realización lo más completa posible de las reglas y principios fundamentales del derecho en el grado y jerarquía en que estos son valorados por el ordenamiento jurídico".

Agrega la sentencia que "debe demostrarse un perjuicio diferenciado" para cuestionar una ley.

En relación con la condición de Thomas, el tribunal evaluó que "es en el Congreso donde se debe dar el debate", ya que "están en discusión los derechos, inmunidades y prerrogativas que le asisten en su condición de legislador".

Repercusiones. Tras celebrar el fallo, la presidenta de la Nación dijo ayer que se había logrado "que el sistema democrático y jurídico haga honor a su funcionamiento y permita que se aplique la ley de medios aprobada por amplia mayoría en el Congreso" (ver Cristina Fernández... ).

El constitucionalista Badeni, por su parte, consideró "aceptable" la sentencia y ratificó que la norma aún no puede entrar en vigencia.

"El fallo podemos considerarlo aceptable porque, en definitiva, lo que hizo fue revocar la medida cautelar, por entender que no existe un caso judicial por falta de legitimación del diputado Thomas para cuestionar la validez de la ley, ya que no acredita un perjuicio directo particular".

Badeni añadió que la ley de medios aún no entra en vigencia por la existencia de otros fallos que la cuestionan y por "un artículo (de la propia ley) que establece que seguirá vigente la ley de 1980 hasta que se cumplan condiciones como el dictado de un reglamento para el funcionamiento del directorio de la autoridad de aplicación". Esa normativa, dijo, "no se ha elaborado y tampoco se han dictado las normas técnicas para el funcionamiento de los servicios de radiodifusión".

El diputado Thomas, en tanto, expresó que sigue estando "convencido de que la norma en cuestión, al originarse en la violación deliberada del reglamento de la Cámara de Diputados, altera el juego imprescindible de mayorías y minorías". Agregó que "ignorar la trasgresión de los reglamentos parlamentarios produce un daño irreparable para la institución, puesto que se soslaya la única posibilidad que la sociedad tiene de ser y de sentirse correctamente representada".