Obligan a las aseguradoras a repatriar sus fondos en el exterior
La resolución fue publicada hoy. Tienen un plazo de 50 días. La medida ya había sido impuesta para mineras y petroleras.
El Gobierno ordenó a las compañías aseguradoras a repatriar sus fondos en el exterior en un plazo de 50 días, según estableció la resolución 36.162 publicada hoy en el Boletín Oficial.Además, determinó que vencido ese plazo "no podrán tener ningún tipo de inversión y/o disponibilidad en el exterior", en el marco de la ofensiva para frenar la fuerte demanda de dólares y la salida de capitales (ver además Obligan a mineras y petroleras a traer sus dólares).La resolución. La medida, ordenada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, señaló en su artículo primero que "en el plazo de 10 días, las aseguradoras deberán presentar, con carácter de declaración jurada, un informe completo y detallado de todas las inversiones radicadas en el exterior correspondientes a su patrimonio".El artículo segundo consignó que "en el plazo de 50 días corridos, las entidades aseguradoras deberán acreditar ante esta Superintendencia de Seguros de la Nación haber transferido la totalidad de sus inversiones y disponibilidades en el exterior a la República Argentina".Luego, el artículo tercero dispuso que "el total de las inversiones y disponibilidades de las entidades aseguradoras deberán encontrarse radicadas en la República Argentina a partir de los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2011".El organismo "podrá autorizar el mantenimiento temporario de las inversiones radicadas en el exterior, en forma excepcional y por resolución fundada, en los casos donde no existan instrumentos en el mercado local que se correlacionen razonablemente con los compromisos que deban respaldar o cuando se acreditare fehacientemente la inconveniencia de adecuarse a la presente resolución". "En ambos casos, las circunstancias de hecho que fundamentan la solicitud del criterio excepcional deberán ser acreditadas previo a la presentación de cada estado contable", añadió la resolución firmada por el superintendente Francisco Durañona.Pero aclaró que "el total de inversiones y disponibilidades en el exterior de las entidades reaseguradoras no podrá exceder, en ningún caso, el 50 por ciento del capital a acreditar".La medida impacta en inversiones por un total de 8.400 millones de pesos (alrededor de 1.970 millones de dólares), según el último informe de estados patrimoniales, con datos al 30 de junio pasado.200 millones de dólaresAyer. El Banco Central volvió a intervenir en el mercado de cambios, en el que vendió otros 200 millones de dólares para contener el alza de la moneda estadounidense.Cotización en fuga. El valor del dólar que surge de la operatoria bursátil llamada "contado con liquidación", vehículo para la fuga de capitales, saltó a 4,87 pesos tras conocerse el decreto 1.722, que obliga a empresas petroleras y mineras a liquidar la totalidad de las divisas provenientes de las exportaciones.
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