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Plan de pagos Afip: cómo saldar deudas en 24 cuotas

Permite cancelar obligaciones vencidas hasta el 31 de marzo. Estará vigente hasta fin de agosto. Los monotributistas podrán adherir al plan permanente de seis cuotas.

28 de mayo de 2014 a las 12:01 a. m.
Plan de pagos Afip: cómo saldar deudas en 24 cuotas
Desde junio se podrá adherir al nuevo plan (DyN).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) emitió ayer los detalles del plan especial de facilidades de pago de deudas que fue anunciado la semana pasada.

Ayer se publicó en el Boletín Oficial la resolución general 3.630, que estableció los requisitos para adherir al régimen para cancelar deudas vencidas al 31 de marzo de 2014, en 24 cuotas y con un interés del 1,9 por ciento mensual. También se publicó la normativa que amplía el universo de contribuyentes del régimen de pagos permanente.

Los principales puntos 
del plan especial son los siguientes.

Rubros incluidos

Se pueden incorporar en el régimen de regularización las siguientes deudas:

Obligaciones impositivas y de la seguridad social que hayan vencido (presentación de declaración jurada y pago) hasta el 31 de marzo de 2014. Incluye intereses, actualizaciones y multas.

Multas o cargos aduaneros aplicados hasta el día 31 de marzo de 2014, con intereses y actualizaciones.

Otros. El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas. Intereses y accesorios del IVA por prestaciones de servicios realizadas en el exterior con utilización en el país.

Deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, y también en ejecución judicial.

Ajustes realizados por la Afip a los contribuyentes.

Monotributo. Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas.

Planes de pago. Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos antes del 31 de marzo.

Condiciones

El régimen especial de facilidades tendrá las siguientes características:

Cuotas. Tendrá un máximo de 24 cuotas. Serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto de cada uno será igual o superior a 150 pesos.

Costo financiero. La tasa de interés mensual de financiamiento será de 1,90 por ciento.

Condiciones. Hay que cumplir con las presentaciones y pagos de obligaciones vencidas entre el 1º de abril de 2014 y la fecha máxima permitida para la adhesión al plan.

No se puede reducir el plantel de personal por todo el período del plan.

Adhesión al plan

La incorporación al régimen especial vencerá entre el 25 y el 29 de agosto, según la terminación de Cuit.

La incorporación se realiza con clave fiscal mediante la herramienta “Mis Facilidades”, opción “Plan de Facilidades de Pago RG 3630”. Estará disponible desde el 16 de junio.

Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes siguiente a la adhesión.

Se cancelarán mediante 
débito directo en cuenta bancaria.

Nuevos regímenes

Plan especial. Estará habilitado entre el 16 de junio y la última semana de agosto (25 al 29), según el Cuit.

Deuda. Se podrán incorporar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2014.

Condiciones. Se podrán cancelar en 24 cuotas con un interés mensual de 1,9 por ciento.

Plan permanente. También llamado miniplán. Es para empleadores Pyme y ahora se incorpora a los contribuyentes del monotributo.

Tope de facturación. Se eleva de 10 millones a 50 millones para todas las actividades, salvo servicios (30 millones).

Información. www.afip.gob.ar/misfacilidades