Afip: las devoluciones, sólo para algunos
En toda la operatoria en moneda extranjera con el cepo cambiario (2011–2015), hubo gran inequidad.
La nueva gestión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) se propuso devolver a las personas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales las percepciones por las operaciones con dólares. La decisión muestra una buena dirección del fisco: empezar a ponerse al día con parte de los contribuyentes. Pero hay otro grupo que quedó sin respuesta. Son aquellos que sí tuvieron que tributar algunos de esos dos impuestos en años anteriores, pero en un monto muy inferior al acumulado por los recargos en la compra de dólares y que por esa razón quedaron con un saldo a favor que hoy les cuesta recuperar. En toda la operatoria en moneda extranjera con el cepo cambiario (2011–2015), hubo gran inequidad. Con percepciones de la Afip, el anterior Gobierno intentó encarecer artificialmente el tipo de cambio. Esos recargos, a cuenta de otros impuestos, comenzaron en 15 por ciento y treparon hasta 20 por ciento para la compra de dólares y 35 por ciento para viajes al exterior y pagos con tarjetas en el extranjero.Pero mientras los empleados o los autónomos que pagaban Ganancias podían recuperar al año siguiente esas percepciones, quienes tenían ingresos más bajos y no tributaban (empleados o monotributistas) no disponían de esa posibilidad. El trámite existía, pero el reintegro de los fondos se hacía a cuentagotas.La nueva gestión de Alberto Abad intenta revertir esta situación con muy pocas exigencias para quienes pidieron la devolución por años anteriores (por ejemplo, no se exigió a los asalariados que hayan cumplido con la presentación formal de las declaraciones informativas de Ganancias y Bienes Personales).El problema lo tienen quienes sí pagaron Ganancias o Bienes Personales, usaron esas percepciones para cancelar estos impuestos, pero estas fueron muy superiores al monto a tributar. Ese saldo se podría aplicar a pagos impositivos futuros, pero, incluso así, puede quedar un resto importante. ¿Cómo pedirlo?Hay un procedimiento de la Afip (la resolución 2.224/79) que los contadores hasta ahora desaconsejan. Son contados los casos en los cuales el contribuyente obtuvo el reintegro del monto pedido y, en general, pudieron hacerlo después de ser sometidos a una profunda inspección. Si se contrasta con la facilidad con la cual el resto de quienes compraron dólares o viajaron pueden obtener la devolución, cabe preguntarse si no habrá algún cambio de criterio del fisco.La Afip tampoco aplicará un reintegro automático en tres casos previstos en la nueva ley de reparación histórica para jubilados, blanqueo y moratoria. Deberán solicitarlo, mediante un trámite web, los empleados que quieran quedar eximidos del pago de Ganancias sobre el medio aguinaldo y no tengan que pagar Bienes Personales en 2017, aquellos que cumplieron y quieren el beneficio de no tributar el impuesto al patrimonio durante los próximos tres ejercicios, y quienes ingresaron anticipos en exceso. La Afip analizará si cumplieron con sus obligaciones, incluidas la presentación de declaraciones informativas, y recién decidirá el reintegro.

