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Una reforma de fondo

Los paliativos instrumentados para aliviar la carga de Ganancias no deben postergar la ocasión de emprender un cambio de fondo en el tributo que afecta a asalariados y jubilados.

30 de agosto de 2013 a las 12:01 a. m.
Una reforma de fondo

Urgido por la derrota en las elecciones primarias, el Gobierno nacional anunció la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, que alcanza a los trabajadores en relación de dependencia y a los jubilados con haberes altos. Aunque confuso en su elaboración, que da pie a diferentes interpretaciones sobre su aplicación, el decreto presidencial intenta dejar fuera de la carga tributaria a los asalariados que perciban un haber menor a 15 mil pesos mensuales durante el último cuatrimestre del año.Quienes perciban un salario bruto entre esa cifra y 25 mil pesos mensuales tendrán un aumento del 20 por ciento en el mínimo no imponible, en tanto que el beneficio llegará al 30 por ciento para los trabajadores que se desempeñan en la Patagonia.La medida puede constituir un beneficio parcial para 1,5 millón de trabajadores que antes estaban alcanzados por el gravamen, pero no termina de clarificar el panorama a futuro, específicamente sobre qué sucederá a partir del 1° de enero próximo, cuando cesen los beneficios otorgados ahora por la urgencia electoral.Ese es el blanco más débil de la resolución que la Presidenta y sus funcionarios presentaron ante los integrantes de la Mesa de Diálogo Social, que excluyó, precisamente, a los sectores del trabajo que venían planteando con énfasis la necesidad de una actualización de Ganancias.Los beneficios puestos en vigencia son sólo un paliativo que se extenderá por los próximos cuatro meses, sin atacar cuestiones de fondo que vienen reclamando los especialistas sobre este tributo, definido por sus críticos como un verdadero "impuesto al trabajo".Para restituirle su carácter de un gravamen sobre los distintos niveles de ingreso de la sociedad, tendiente a una mayor equidad en los aportes, debería aprovecharse esta oportunidad y emprender una reforma integral.Se podría disponer, por caso, mediante una ley sancionada por el Congreso una actualización semestral de los montos no imponibles, así como de las partidas que pueden desgravarse, para ligar esas subas a la inflación real. Y, lo más importante, deberían modificarse los valores de las escalas desactualizados por la suba de los precios de los últimos 13 años.Existen otros elementos que ayudarían a ­mejorar la calidad del impuesto en cuestión, para que se convierta –como era su concepción original– en un tributo que tienda a la equidad de aportes y a la distribución de la riqueza.En la práctica, terminó transformándose en una exacción a las escalas más bajas de los haberes, incluso de las jubilaciones y pensiones que se presumen que ya efectuaron sus aportes durante la vida laboral.En todo caso, podría establecerse su vigencia, por ejemplo, para magistrados y funcionarios judiciales, quienes están exentos del impuesto durante el ejercicio profesional.