Si un empleado no paga la cuota alimentaria, pagará el empleador
Es en caso de incumplir una orden judicial. Es una de las disposiciones del nuevo Código Civil y Comercial que acaba de entrar en vigencia.
La abogada y profesora Nora Lloveras es una de las cordobesas que participó en la confección del nuevo Código Civil y Comercial que desde hoy reemplaza a los anteriores códigos Civil y Comercial con que se venía trabajando en todo el país. Lloveras dice estar convencida de que se trata "cualitativamente de un salto histórico hacia un derecho más justo y equitativo, que tiene su centro en la persona humana". Justamente algunas de las nuevas disposiciones que más atención suscitan en estos meses son las que tienen que ver con la vida cotidiana y familiar de las personas comunes. En ese ámbito, uno de los temas más interesantes es el referido a cómo será la manutención de los hijos cuando los progenitores están separados. Difícil de incumplir Lloveras aclara que, en un país con matrimonio igualitario como Argentina, en los textos legales ya no se puede hablar más de "madres" y de "padres" y debe hablarse siempre de "progenitores", porque el nuevo Código ya no tiene lugar "para voces que connoten el sexo, y está prohibido el uso de términos sobre la orientación sexual en cualquier aspecto". Lloveras explica que una de las principales preocupaciones en la discusión del nuevo Código fue la efectividad de los derechos; esto es, que no sean declarativos, de palabra, sino realidades tangibles. Por eso ahora se ha hecho hincapié en que los jueces cuenten con recursos concretos para que los progenitores cumplan con su obligación de pagar la deuda alimentaria."Entonces –señaló la abogada– se han tomado decisiones tendientes a que sea difícil incumplir la obligación de dar alimentos. Por ejemplo, en el artículo 551 del nuevo Código se establece que un empleador que por orden judicial deba descontar un monto de sueldo a su empleado que paga alimentos, en caso de no hacer el descuento, es responsable solidario del pago de esa deuda"."Las medidas cautelares que ahora existirán serán numerosísimas", dijo Lloveras. "Por ejemplo, si el progenitor es incumplidor y pretende salir del país, se le puede pedir al juez una orden de restricción para esa salida, y el juez la va a dar. El progenitor que incumpla con el pago de alimentos se la va a ver muy difícil. El tenedor se lo tiene que llevar a su boca después de su hijo. Por eso el juez puede pedirle garantías, personales y reales, de que va a cumplir con su obligación. Y las sumas que un progenitor deba por alimentos van a devengar una tasa altísima equivalente a la más alta que cobren los bancos a sus clientes". Responsabilidad Con respecto a las cuotas alimentarias, cuando los hijos dejan de ser menores de edad y tienen entre 18 y 21 años, Lloveras señaló que "se ha previsto que se establezca una suma dentro de esa misma cuota para gastos que el hijo tiene, y esa cuota puede percibirla directamente él. Ese chico puede estar viviendo con uno de sus progenitores o solo, y tiene derecho alimentario hasta los 21. Por supuesto, la finalidad no es sólo la compra de alimentos sino también transporte, fotocopias o recursos para el estudio o capacitación, actividades culturales, vestimenta, etcétera".La profesora señaló que la obligación de alimentar al hijo siempre es compartida y nunca más es responsabilidad de uno solo. "No hay más patria potestad, sino que ahora hay una responsabilidad parental que tienen los dos progenitores. Si hubiera diferencia de ingresos, el progenitor que esté en mejor situación debe colaborar más, pero los gastos comunes son siempre en común. También se cuantifica la tarea del cuidado personal cuando uno de los progenitores es el que vive con el hijo".En el caso de los hijos que siguen estudiando o capacitándose, la extensión de la ayuda alimentaria se extiende hasta los 25 años. "Esta extensión –dijo Lloveras– se pensó porque hay que hacerse cargo de los hijos que se capacitan y necesitan ayuda. Hay obligación de proveerles recursos, siempre que ese hijo demuestre que estudia, que muestre certificados. Esa entrega de recursos cesa en caso de que el hijo trabaje y no necesite ayuda".

