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Prometen duras sanciones a quienes contraten carreros

La falta contribuye con una cadena de conductas prohibidas que ponen en riesgo el ambiente. Lo prevé el proyecto de Código enviado al Concejo Deliberante.

23 de diciembre de 2014 a las 12:02 a. m.
Redacción La Voz
Prometen duras sanciones a quienes contraten carreros
Argumento. Contratar los servicios de carreros favorece la proliferación de basurales que afectan la calidad de vida, dicen en el Municipio.

Si se aprueba el proyecto de Código de Convivencia que el intendente de Córdoba Ramón Mestre ­envió al Concejo Deliberante, los vecinos que contraten los servicios de carreros o de "particulares no autori­zados" para el traslado de residuos podrían recibir graves sanciones. Lo establece el artículo 228 de la propuesta que reemplazará al Código de Faltas vigente en la ciudad Capital, cuyo texto comenzará a debatirse en los próximos días en el legislativo municipal. Fuentes del mestrismo adelantaron que la intención es aprobar la iniciativa en febrero próximo.El artículo que seguramente desatará una polémica con los carreros, no los menciona de manera taxativa, pero incluye claramente su actividad.Se lee en el proyecto: "El que con­tratare servicios particulares no autorizados por la Autoridad de Aplicación para la disposición final de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, patógenos, industriales, peligrosos, restos de obras y demoliciones (...), será sancionado con una multa de entre 100 y 10 mil unidades económicas municipales (UEM)". Multas costosas Al valor actualizado de la unidad económica, la sanciones equi­valen a cifras que van desde­ 15 mil al 1,5 millón de pesos. Consultado al respecto, el titular de los Tribunales Ad­ministrativos de Faltas de la Municipalidad, Ramón Or­tega, confirmó que la normativa propuesta invo­lucra la contratación tanto de "particulares no autorizados". Y aclaró: "Tanto empresas como carreros, aunque estos últimos no estén nombrados con esa de­nominación".Para Ortega y para el resto de los miembros de la comisión que redactó la propuesta a pedido de Mestre, se sanciona esa actitud (la del vecino que requiere un servicio no autorizado) "porque contribuye con una cadena de conductas prohibidas que ponen en riesgo el ambiente tutelado".El funcionario destacó que la norma "no es sólo para carreros", ya que hay particulares y empresas "que utilizan camiones y toda una gran infraestructura al margen de la lega­lidad para depositar los residuos en basurales clandestinos que afectan la calidad de vida de los vecinos". Y confirmó que el objetivo es eliminar las conductas de los vecinos que generan los basurales. Los controles, la clave Claro está que para que un vecino pueda recibir esa multa, su falta o contravención deberá ser constatada "en flagrancia" o a través de una denuncia, por un inspector. Por ese motivo los redactores de la propuesta normativa sub­rayan que para poder poner en acción el nuevo Código, el Ejecutivo Municipal deberá trabajar mucho con controles.La legislación prevista es­tablece que el juez que inter­venga podrá disponer "la re­moción de la vía pública del vehículo o motovehículo y la disposición final de los re­siduos a costo del infractor". Y que para retirar el vehículo, los elementos, cosas o herramientas utilizadas para per­petrar la falta, "se deberá acreditar el pago de la multa y el cumplimiento de todas las ­obligaciones municipales establecidas por la Autoridad de Aplicación".No sólo carreros y empresas deberán tener cuidado. El artículo 231 dice que quien arrojare residuos en la vía pública será sancionado con una multa de tres a 15 UEM.

Instructivo escolar

Los miembros de la Comisión especial que ­redactó el proyecto de Código de Convivencia subrayaron la necesidad de que, una vez aprobado, se edite un “instructivo didáctico y pedagógico, claro y de fácil comprensión para su enseñanza” en todas las escuelas.

Otras propuestas normativas

Droga cero en conductores. El proyecto de nuevo Código de Convivencia prevé que quienes conduzcan vehículos bajo los efectos del consumo de estupefacientes serán sancionados con multas de entre 15 mil y 19 mil pesos y dos años de inhabilitación, es decir, la máxima posible. Los controles de narcotización se realizarán en los mismos operativos en los que hoy se controla la alcoholemia.

Sanción doble. La alcoholemia prohibida en el ejido municipal seguirá siendo a partir de 0,4 g/l. En caso de que los infractores sean menores de 21 años o choferes profesionales, de vehículos oficiales o del transporte público, se duplicará la sanción prevista.

Corresponsabilidad solidaria. Se agregó un párrafo específico para atribuir "corresponsabilidad solidaria" a los padres o tutores de los eventuales infractores de la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol o de narcóticos que sean menores de 18 años. Los padres "solidariamente responsables" de los infractores menores deberán hacerse cargo de la multa, aunque no de la inhabilitación.

Pirotecnia prohibida. El nuevo Código avanza hacia la prohibición del uso y fabricación de pirotecnia, con costosas multas.