Temas del día:

No se pueden ajustar alquileres en función del aumento de precios

La Justicia declaró la nulidad de un contrato de alquiler que establecía actualizar el monto de acuerdo a la evolución de cinco productos en un supermercado.

07 de mayo de 2013 a las 10:34 a. m.
No se pueden ajustar alquileres en función del aumento de precios
PROHIBICIÓN. No se puede actualizar el valor de un alquiler de acuerdo a otros precios (LaVoz/Archivo).

La actualización del precio de un alquiler a partir de la evolución de los precios de productos comerciales contraviene la normativa vigente, según lo estableció la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Francisco.

El tribunal hizo lugar al recurso de apelación promovido por un supermercado que había alquilado tres inmuebles (ver el fallo completo).

La Cámara declaró nula la cláusula del contrato de locación que preveía que, mientras no se autorizara un ajuste en función de la inflación estipulada por el Indec, se adecuaría el precio una vez al año según "la variación porcentual del promedio de los valores" de cinco productos puestos a la venta por el propio supermercado (una gaseosa, una cerveza, un aceite de girasol, una lavandina y un paquete de fideos).

Origen de la causa. El locador pretendía conocer la validez de esa claúsula. El Juzgado en lo Civil y Comercial de San Francisco, al hacer lugar a la demanda, la confirmó. No obstante, dicha resolución fue recurrida por el supermercado y la Cámara ahora declaró la nulidad de la disposición.

La vocal Analía Griboff de Imahorn esgrimió que, en función de que está prohibida "toda actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas", una cosa "es prever la aplicación sucesiva, de manera escalonada o progresiva, de distintos precios ciertos a ser pagados por el locatario durante el plazo de vigencia del contrato, y otra es pactar un precio, a todo evento precario".

"Aplicar un ajuste de precio en función del porcentaje de aumento de los productos, está expresamente prohibido, por resultar violatorio al art. 7 de la Ley 23.928", aseguró.