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Los agravantes y la prisión perpetua en el juicio por Paola Acosta y Martina

Por los testimonios escuchados en la audiencia de ayer, no parece haberse verificado el agravante del femicidio. Es lo que pide la parte querellante. Todo sobre el juicio por Paola Acosta y Martina.

24 de septiembre de 2015 a las 12:01 a. m.
Los agravantes y la prisión perpetua en el juicio por Paola Acosta y Martina
EL JUICIO POR PAOLA ACOSTA Y MARTINA (La Voz/R. Viñuelas).

El artículo 80 del Código Penal se ocupa de los casos por los que un homicida recibe prisión perpetua. Gonzalo Lizarralde reúne tres agravantes en su imputación. Esos tres supuestos son: el homicidio calificado por el vínculo (inciso 1), el calificado por alevosía (2) y el calificado porque un hombre mata a una mujer en un contexto de violencia de género o femicidio (11).

Si nos centramos exclusivamente en esos calificantes que terminan en prisión perpetua, podemos analizar si en la primera audiencia hubo elementos para llegar a esos tres agravantes.La calificación por el vínculo exige una relación de pareja o situación de convivencia. El nuevo Código Civil señala que para que se generen derechos debe haber un vínculo de dos años. Recientes fallos de cámaras del crimen de Córdoba están avalando esa postura.Al femicidio jurídicamente se lo considera no cuando un hombre mata una mujer, sino cuando este crimen está precedido de un contexto de violencia de género, cuando ese varón hace valer violencia de diversas formas, cuando la mujer está sometida o si median denuncias. Por los testimonios de ayer, no parece haberse verificado este agravante.Lo que sí podría llevar a Lizarralde a la perpetua es la alevosía. Sí se escuchó comparar el tamaño de él con el de ella, que ella tenía a su hija en brazos y que puede haber quedado encerrada en la camioneta. La alevosía se marca cuando el agresor actúa sin peligro para sí, opera sobre seguro y toma a su víctima en un alto grado de indefensión.