A la cárcel por incumplir con la cuota alimentaria
Una jueza condenó a 13 meses de prisión a un hombre de 37 años por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
La jueza en lo Penal Juvenil de 7ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Nora Giraudo, condenó a 13 meses de prisión a un hombre de 37 años por encontrarlo responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en forma continuada, según se estableció.
La falta penada se registró entre febrero de 2007 y agosto último. La conducta irresponsable perjudicó a los cinco hijos que tuvo con su ex esposa.
Asimismo, la magistrada dispuso que, en la unidad carcelaria, reciba asistencia psicoterapéutica para que pueda modificar “su posicionamiento subjetivo inmaduro y reflexionar sobre sus conductas”, de manera que “pueda asumir el rol paterno y todo los compromisos que éste conlleva”, se destaca en la resolución.
Giraudo descartó la posibilidad de aplicar una “multa”, dado que la postura esgrimida por la defensa del acusado se basó en considerarlo un “carenciado” y “desocupado”, mantenido por su madre y parejas.
Asimismo, desechó dejar en suspenso la ejecución de la pena de prisión, dado que, habiéndosele indicado tratamiento psicoterapéutico con anterioridad, nunca lo realizó
A la escuela
La funcionaria judicial también determinó que el hombre se incorpore al sistema educativo para que pueda “concluir el ciclo escolar primario”.
Además, lo solicitó que se capacite laboralmente para obtener un trabajo remunerado, con el fin de que pueda “reparar el daño causado y abonar la cuota alimentaria mínima e indispensable de todos sus hijos” (ocho en total: además de los cinco con su exesposa, tuvo uno con su segunda pareja y dos con la tercera compañera).
La obligación asistencial se fijó en 2.300 pesos, que deberá abonar mensualmente a los hijos por los cuales se hizo la denuncia penal, una vez que recupere la libertad.
Para determinar ese monto se tomó como parámetro el valor de la Asignación Universal por Hijo (460 pesos, por cada uno).
Rebelde sin causa
En la resolución, la jueza tuvo en cuenta la “actitud reticente” del imputado que, en el marco de una causa previa que homologaron en el fuero de familia, impulsada por su exesposa, se había comprometido a abonar 300 pesos mensuales, cosa que “hizo en forma irregular” y, al embargársele el sueldo, renunció a su trabajo.
Además, había pedido la suspensión del juicio a prueba a fin de someterse a “mediación”.
Le fue acordado el beneficio, que tuvo que ser revocado y declararse su “rebeldía”. Por ello, Giraudo consideró que “hacía lo que quería” y le era “indiferente el resultado dañoso de su comportamiento y sus consecuencias legales, las que conocía”, concluyó la magistrada, en un fallo que sentará un precedente.

