“En Córdoba, la ley que protege a los niños tiene omisiones”
Laura Musa, de la Fundación Sur Argentina, dice que faltan adecuaciones a la ley nacional. En la provincia, entre otras cosas, no se prevéla figura de un abogado para los niños.
"Todos los niños deben tener en todo el país la misma condición jurídica y no estar sujetos a diferentes normas, distintas a la nacional. La ley nacional es la que tiene los estándares más altos", asegura Laura Musa, directora de Fundación Sur y especialista en niñez. La afirmación surge a propósito de la investigación de María Victoria Lucero para la Fundación Sur Argentina sobre el seguimiento de la aplicación a nivel nacional de la ley de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (N° 26.061) publicada en el libro Radiografía crítica de la Ley 26.061. Escenarios provinciales normativos, institucionales y jurisprudenciales .Musa aseguró a este diario que, en general, hubo avances desde la sanción de la ley del año 2005, pero que todavía faltan adecuaciones normativas en algunas jurisdicciones. "Hay algunas provincias que todavía se resisten a dictar una adhesión a la ley nacional, pero hay varios estudios que indican que una ley nacional, dictada en consecuencia de un tratado internacional, no requiere ninguna adhesión", sostuvo Musa (ver mapa interactivo).La directora de la Fundación Sur subrayó que pese a que la provincia de Córdoba, adhirió en 2007, la Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (N° 9.944), del año 2011, tiene algunas omisiones: no incluye la figura del abogado defensor del niño y mantiene la competencia de los antiguos jueces de menores (hoy jueces de niñez, adolescencia y violencia familiar) en lugar de transferir la responsabilidad a los jueces de familia.De todos modos, estos jueces sólo pueden revisar las decisiones de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) en relación a las "medidas excepcionales", como el retiro de un chico de su ámbito familiar. También cumplen funciones como órgano de revisión o apelación y tienen el control en casos como los de la guarda preadoptiva.La investigación, que fue presentada días atrás en Buenos Aires, coteja las prácticas legislativas, institucionales, judiciales y administrativas existentes en cada jurisdicción respecto a la legislación nacional e internacional vigente en la materia a fin de observar los procesos de construcción de la protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes. Un largo camino Córdoba transitó un largo camino de leyes relacionadas con la niñez. En el 2002 se sancionó la ley N° 9.053 de Protección Judicial del Niño y Adolescente, que se dictó después de la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños (1989), a la que la Argentina adhirió luego de la reforma constitucional de 1994, pero que aún sostenía el sistema tutelar. En 2007 adhirió a la ley nacional, a través de la ley N° 9.396, aunque con ciertas reservas. "En 2011 se sancionó la ley que actualmente rige pero que todavía tiene varias omisiones para ajustarse al estándar óptimo", advirtió Musa. Una de ellas es la desaparición de la figura del abogado del niño que sí se incluye en la ley nacional."Es muy importante porque es una garantía mínima en los procedimientos (...) Esto permite hacer verdad la Convención que tanto recitamos y que dice que el niño es sujeto de derechos y que el niño debe ser escuchado", opinó Musa.La ley nacional de protección integral de los derechos de niños y adolescentes, derogó la vieja ley de patronato, vigente en el país desde 1919, que permitía a los jueces decidir de manera discrecional sobre el futuro de menores de edad en situación de abandono y de pobreza.La norma considera al niño "sujeto de derechos" y prohíbe que "por razones de pobreza, maltrato o conflicto con la ley penal" sea enviado a un instituto de menores por decisión de un magistrado. La ley de patronato, por el contrario, otorgaba un amplio margen al juez para decidir lo que él creyera.
Mapa interactivo
Implementación. Una aproximación a la realidad legislativa de todas las provincias puede verse en el mapa de implementación y seguimiento, que puede verse en este mapa.
Por provincia. La investigación destaca las normativas de Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires son muy avanzadas, y en el sentido opuesto ubica a la de La Pampa, "que no sancionó ninguna ley provincial y se sigue manejando bajo el patronato". El informe fue criticado duramente por funcionarios de La Pampa.

