Dos mujeres se casaron y pidieron ser reconocidas como madres del hijo de una de ellas
El Registro Civil negó la solicitud, porque el menor nació antes del casamiento. Una fiscal consideró que constituye “un acto discriminatorio”.
Dos mujeres que contrajeron matrimonio pidieron a la Justicia de la ciudad de Buenos Aires ser inscriptas como madres del hijo de una de ellas, lo que el Registro Civil le negó porque el menor de edad nació antes de que la pareja se casara.
El pedido fue aceptado por la fiscal en lo contencioso, administrativo y tributario de la ciudad Mariana Pucciarello, quien consideró que una decisión en contrario constituye "un acto discriminatorio en razón del sexo", tras lo cual debe expedirse el juez Gabriela Seijas, informaron hoy a DyN fuentes judiciales.
Se trata del caso de A.F.V y S.A.C, quienes se casaron en septiembre luego de la sanción de la ley de matrimonio igualitario, con el objetivo de proteger y afianzar su vínculo familiar con los dos hijos de la primera de ellas, explicaron en el amparo que presentaron.
La pareja logró que en la partida de nacimiento del segundo hijo de A.F.V, que nació luego de que la pareja se casara, figurara S.A.C. como cónyuge de su madre.
Sin embargo, el primer hijo no pudo ser inscripto de igual forma porque nació antes del casamiento, alegó el Registro Civil de la ciudad para rechazar el planteo, ya que esa situación no está contemplada en el Código Civil, postura que fue compartida por el gobierno porteño.
La fiscal Pucciarello sostuvo que si el mismo caso se da en una pareja heterosexual "el cónyuge varón no tendría ninguna dificultad en reconocer al hijo nacido con anterioridad a la celebración del matrimonio, mientras constituían una pareja sin reconocimiento legal pleno".
"Poco importaría si el progenitor que lo reconoce posee biológicamente ese carácter, porque no existirá ningún control al respecto", agregó.
En ese marco, recordó que la ley de matrimonio igualitario estableció que ese contrato "tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo", entre los que se encuentran los de adopción y filiación.
La fiscal afirmó que "sostener lo contrario constituiría, a la luz de la normativa examinada, un acto discriminatorio en razón del sexo y, por tal, contrario a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer".
La convención, incorporada a la Constitución Nacional, establece que se considerará discriminación contra la mujer "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil".
Pucciarello también resaltó "el interés superior del niño" a ser inscripto inmediatamente después de su nacimiento, a ser cuidado por sus padres, a preservar sus relaciones familiares y a que sea garantizado su derecho a la supervivencia y a su desarrollo.
Así, la fiscal hizo lugar al pedido de la pareja de mujeres para inscribir como de ambas el hijo de una de ellas, lo que ahora deberá ser resuelto por la jueza Seijas.

