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Cuarentena administrada: las 11 actividades que se reanudaron este lunes

Serán consideradas esenciales la atención médica y odontológica, los establecimientos de cobranza de servicios e impuestos, la venta de mercadería minorista y los establecimientos para la atención de víctimas de violencia de género, entre otras.

20 de abril de 2020 a las 11:57 a. m.
Cuarentena administrada: las 11 actividades que se reanudaron este lunes
(Ramiro Pereyra/La Voz).
  • Son consideradas esenciales la atención médica y odontológica
  • los establecimientos de cobranza de servicios e impuestos
  • la venta de mercadería minorista y los establecimientos para la atención de víctimas de violencia de género
  • entre otras.

El Gobierno nacional amplió la lista de actividades consideradas esenciales y que por ello quedaron exceptuadas de cumplir con el aislamiento establecido por la pandemia de coronavirus.

El texto, publicado en el Boletín Oficial, recuerda que "los desplazamientos de las personas habilitadas deben limitarse al estricto cumplimiento de dichas actividades y servicios".

Listado de nuevas actividades exceptuadas

    Se realizarán los cobros con las medidas de higiene y aislamiento establecidas hasta ahora: protección de nariz y boca, tanto fuera como dentro del local; respetar la distancia con el resto de los clientes de 1.5 metros y cada empresa organizará la atención por días, según el último número de documento. Habrá prioridad para los grupos de riesgo.

    Habrá un cronograma, para evitar aglomeraciones, que será el siguiente:

    Lunes: DNI terminado en 0 y 1.

    Martes: DNI terminado en 2 y 3.

    Miércoles DNI terminado en 4 y 5.

    Jueves: DNI terminado en 6 y 7.

    Viernes: DNI terminado en 8 y 9.

    Los procedimientos de control necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, incluyendo a los protocolos relativos a las actividades y servicios exceptuados, serán dispuestos e implementados por cada jurisdicción local.

    El documento, además, informa que las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, con excepción de aquellas que se dirijan a los establecimientos con turno previo, en cuyo caso deberán llevar el comprobante que los habilitará para circular.