Un año y medio de cárcel por chocar a su mujer y golpearla
Un tribunal de Santa Cruz condenó a un hombre a prisión de cumplimiento efectivo.
Un tribunal de Santa Cruz condenó a un año y medio de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre que, presuntamente por un ataque de celos al ver a su esposa besándose con otro hombre, le chocó el automóvil que conducía, la bajó del rodado tomándola de los cabellos y la golpeó.La Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial de Caleta Olivia condenó a Oscar Orlando Ruiz por las lesiones que le causó a su ex pareja.Según el fallo, al que tuvo acceso DyN, "el 29 de agosto de 2009, aproximadamente a las 13.45, Oscar Orlando Ruiz chocó de manera intencional con su camioneta Ford Ranger el vehículo VW Gol conducido por su ex pareja, provocándole al rodado una serie de daños"."Asimismo, bajó por la fuerza a la mujer de su automóvil y comenzó a agredirla físicamente mediante golpes de puño y patadas, provocándole lesiones que la incapacitaron para el trabajo por más de treinta días", resume el expediente.El imputado, de 47 años, explicó que reaccionó violentamente "cuando vio el auto de la mujer que iba por esa calle, que paró al lado y que ella estaba besándose con un gendarme"."Quiso hablar con ella, pero salió a gran velocidad. Él la siguió por 3 o 4 cuadras, la tocó e impactó el auto con una Ford F100 que estaba estacionada. Que se bajó, pateó al gendarme, que salió corriendo. La bajó a ella de los pelos y recuerda haberle pegado dos piñas, nada más. Después fue a entregarse a la Comisaría, donde manifestó sentirse arrepentido", se desprende del expediente.Los jueces Cristina de los Ángeles Lembeye, Juan Pablo Olivera y Humberto Eduardo Monelos resolvieron condenar a Ruiz "a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, con más las costas del proceso, como autor penalmente responsable de los delitos de daños y lesiones graves, en concurso real".El fallo descartó que la mujer hubiera estado, efectivamente, con otro hombre, pero constató que con los golpes Ruiz le causó "múltiples fracturas de maxilar por las que fue sometida a tres cirugías y tuvo un extensísimo tiempo de recuperación, le fracturó el tabique nasal, le fisuró el piso orbitario y le dejó el ojo cerrado con un hematoma que duró varios días".El fallo "descarta la emoción violenta alegada por la defensa visibilizando que la misma se funda con argumentos sexistas y discriminatorios, incompatibles con el mandato establecido en el bloque de constitucionalidad, Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer", explicó la abogada de la víctima, Verónica Heredia."Provenimos de una sociedad patriarcal, en la que el derecho ha sido un importantísimo reproductor del sistema de géneros. Las distinciones y categorías que en el derecho se consagran constituyen una compleja construcción cultural difícilmente desmontable desde la sola mirada jurídica. La ideología que la ciencia jurídica esconde es una política que permite sostener que el parámetro de lo humano es el varón", indica la resolución."El ejemplo clásico de manual de Derecho Penal para la emoción violenta justificada era el del marido que llegaba a la casa y encontraba a su esposa en la cama con otro, ejemplo que reproduce no uno sino muchos estereotipos de género. Nunca se utilizó uno en el que fuera la mujer la que vuelve de trabajar y encuentra a su esposo en la cama con otra u otro. Esas son claramente las formas en que el derecho va reproduciendo el sistema de dominio patriarcal. Ese argumento, en términos vulgares sería ˜la víctima se lo buscó˜", añade el fallo."Entender que el hecho de ver a su ex mujer con otra persona -lo que no ocurrió-, o creer que así fue, es una circunstancia que excusa la emoción de Ruiz… es contrario a la manda constitucional", reafirmó la sentencia.

