Salud. Acompañantes terapéuticos advierten sobre la necesidad de matrícula habilitante para ejercer la profesión

La ley 10.393 que regula la actividad entró en vigencia esta semana. Profesionales alertan sobre irregularidades en el desempeño del trabajo.

10 de marzo de 2026 a las 04:17 p. m.
Acompañantes terapéuticos advierten sobre la necesidad de matrícula habilitante para ejercer la profesión
La profesión de acompañante terapéutico ya tiene su ley en Córdoba (La Voz)

Luego de casi 10 años desde su sanción en 2016, la Ley provincial 10.393 entró en plena vigencia la semana pasada. La norma regula el ejercicio de la profesión de Acompañantes Terapéuticos (AT) en Córdoba y su reglamentación, una demanda largamente esperada por las asociaciones que nuclean la actividad, se había establecido en octubre de 2024.

Entre otras cosas, la normativa estipula que para ejercer la profesión será necesario tener un título de formación superior otorgado por universidades o institutos terciarios homologados de Argentina. También exige que el profesional posea una matrícula habilitante obligatoria dispensada por el Ministerio de Salud de la Provincia.

Debido a que la legislación no es retroactiva y la actividad se desarrolla desde hace más de 30 años, el pasado mes de diciembre tuvo lugar un examen nivelador de conocimientos en la UNC para que aquellos que ya ejercían la actividad y demostraran antecedentes, pudieran matricularse.

En este contexto, desde la agrupación de Acompañantes Terapéuticos Autoconvocados de Córdoba (Atacor) recalcaron la importancia de la vigencia de la ley y la exigencia de una matrícula. “El AT debe tramitar su matrícula para no caer en el ejercicio ilegal de la profesión”, remarcó a La Voz Silvana Bertoni, coordinadora general de la organización.

Protestas de acompañantes terapéuticos.
Protestas de acompañantes terapéuticos. ((Gentileza))

Y agregó: “queremos informar y concientizar que es una profesión con formación específica, que exige matrícula para garantizar la seguridad y calidad del servicio y que trabajar sin ella es un delito penado con prisión”.

Advertencias para profesionales

En esa línea, Bertoni insistió en las principales consideraciones que deben tener en cuenta tanto los profesionales como las familias que necesitan contratar acompañantes terapéuticos.

En primer lugar, destacó que un profesional debe tener una matrícula oficial de acompañante terapéutico otorgada por el Ministerio de Salud de Córdoba. Es decir, no puede ser emitida por ninguna institución privada ni ser de otra profesión.

“Es la garantía de una prestación de calidad y evita situaciones de riesgo o consecuencias legales para todas las partes. Esto es importante porque existen casos de personas de otras provincias que venden matrículas privadas de AT para trabajar en Córdoba, lo cual es una estafa porque no tienen autoridad alguna para habilitar el ejercicio profesional”, subrayó.

Por otro lado, mencionó también los cursos de acompañante terapéuticos, que hoy ya no tienen validez en la provincia. Actualmente, la tecnicatura que otorga matrícula en esta profesión tiene una duración de tres años. Para obtener luego la licenciatura, se deben sumar dos años más de estudio.

Protestas de acompañantes terapéuticos.
Protestas de acompañantes terapéuticos. ((Gentileza))

Esta formación se imparte de forma pública y gratuita en la Facultad de Psicología de la UNC. También existen formaciones a distancia y terciarias de instituciones privadas que deben estar homologadas.

“Lo nuestro es una carrera universitaria, por eso hay que alertar de muchos inescrupulosos que a pesar de la ley siguen vendiendo cursos aprovechando la desinformación de sus clientes. En Córdoba, si alguien es engañado y compra en su buena fe un curso de este tipo puede iniciar una demanda penal de estafa”, indicó Bertoni.

Y destacó: “está práctica clínica no es una improvisación o un parche al sistema. Por eso hay una formación en técnica y teoría específica, porque llega donde las otras terapias no alcanzan. No somos niñeros, ni cuidadores o una compañía, tampoco docentes, enfermeros, psicólogos, psicopedagogos ni terapistas ocupacionales. Al igual que estos profesionales no pueden ser acompañantes terapéuticos”.

Para quienes rindieron el examen nivelador de la UNC y lo aprobaron aclaró que si bien muchas matrículas ya están otorgadas, otras todavía se encuentran en trámite. “Los que estén en esta situación pueden ejercer con una constancia de matrícula en curso”, aclaró.

Advertencias para las familias

En el caso de pacientes, familiares o responsables a cargo que necesitan contratar acompañantes terapéuticos existen algunas condiciones de seguridad a tener en cuenta. "Son los principales beneficiarios y en muchos casos no conocen el marco legal que los ampara", dijo Bertoni.

Por otro lado, para corroborar la matrícula de un profesional se puede ingresar al Registro Público de Profesionales Matriculados del Gobierno de Córdoba en este enlace: https://matriculacionessalud.cba.gov.ar/.

“Es importante aclarar que no existe otro padrón que certifique la matrícula. Ya que tenemos denuncias de casos en los que se han creado padrones no oficiales para incorporar a personas allí”, advirtió Bertoni.

Además aclaró que una familia o paciente que habilita el ejercicio ilegal de la profesión con pleno conocimiento puede implicar la suspensión de la cobertura o afiliación del paciente si avala reiteradamente la situación.

“Se cae en una declaración jurada falsa. Es importante que quienes requieran un AT sepan que ante un caso de mala praxis, la responsabilidad legal es extensiva a los que facilitan que alguien trabaje sin las condiciones de ley. Esto incluye a establecimientos educativos, centros terapéuticos, obras sociales, organismos públicos, etc”.

Por consultas y asesoría gratuita, los interesados se pueden contactar al teléfono 3513573213, al correo electrónico [email protected] y a través del perfil de Facebook de la agrupación: Atacor Reglamentación Ley At.

Una brecha profesional

Atacor tuvo participación directa durante el proceso de regulación de la profesión y para poder determinar cuánto tiempo podía insumir a la UNC tomar el examen nivelador realizó un censo de la cantidad de personas que ejercían el rol de acompañantes terapéuticos en la provincia.

“Más de 10.000 ejercían eran AT en ese momento y los que rindieron bien el examen fueron solamente 2.000. Más otros 2.000 que estimamos que ya teniendo la tecnicatura y licenciatura tramitaron directamente la matrícula”, precisó Bertoni.

Acompañantes terapéuticos advierten por la necesidad de contar con una matrícula habilitante. (La Voz)
Acompañantes terapéuticos advierten por la necesidad de contar con una matrícula habilitante. (La Voz) (La Voz))

Y agregó: “hablamos de una brecha muy grande que obedece a que muchas personas no pudieron superar el examen y por lo tanto estaban ejerciendo sin los conocimientos necesarios, y a que muchos estaban trabajando como AT pero eran de otras profesiones afines”.

En tanto, desde el área de Matriculaciones del Ministerio de Salud de Córdoba indicaron a este medio que los AT matriculados en la provincia hasta el momento son 403. No otorgaron precisiones sobre cuantos de ellos eran quienes habían rendido el exámen o quienes ya tenían el título y lo tramitaron directamente.

Además indicaron que en caso de querer alertar sobre un falso profesional que ejerce la actividad existen dos vías de denuncia. En primer lugar, se puede a través de Cidi dirigido al Ministerio de Salud y consultando si la persona tiene matrícula profesional. Allí se deben consignar todos los datos posibles del sospechado.

En caso de que la persona efectivamente no posea habilitación y se tengan datos que infieren que ha incurrido en un delito, la segunda vía es legal. La denuncia penal deberá realizarse en la Unidad Judicial del Ministerio Público Fiscal que corresponda.