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El TSJ amplía a prisión perpetua la condena para los padres de Ludmila

El fiscal Albornoz había apelado la primera sentencia a 18 años de cárcel. Los detalles de por qué se agravó la pena.

18 de octubre de 2010 a las 03:15 p. m.
El TSJ amplía a prisión perpetua la condena para los padres de Ludmila

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) extendió a prisión perpetua la condena a los padres de la beba Ludmila Bachetti, fallecida en setiembre de 2005 luego de una agonía de varios días tras la golpiza sufrida.Sebastián Bachetti y Estefanía Santa Cruz, los padres de la niña, habían sido sentenciados inicialmente a 18 años de cárcel en un juicio por jurados populares en la Cámara 11ª del Crimen, que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 80 primer párrafo del Código Penal, de homicidio calificado por el vínculo (ver Los padres de Ludmila fueron condenados a 18 años).El fiscal de Cámara, Diego Albornoz, había apelado esa sentencia planteando un recurso de inconstitucionalidad que ahora fue acogido por el TSJ al revisar la sentencia que la Cámara dicto basándose en el veredicto de los jurados populares, que habían solicitado que no se les impusiera a los imputados la pena de prisión perpetua.La inconstitucionalidad. La Cámara 11ª del Crimen, siguiendo las manifestaciones de algunos jurados populares (plantearon reparos acerca de la pena de "prisión perpetua", porque "repugnaba al sentido común"), había considerado que la pena no podía "ser ser una venganza por el mal causado", sino que debía "tener como fundamento y finalidad la prevención y la resocialización".A criterio de los integrantes de la Cámara, esos fines quedan imposibilitados al dictarse la condena de prisión perpetua "pues los penados por este delito, siendo primarios, deberán pasar treinta y cinco años en prisión, para que, gozando de buena conducta y concepto y con informes criminológicos favorables, puedan acceder a la libertad condicional". El Tribunal Superior de Justicia, en cambio, consideró que no le correspondía a la Cámara tomar esa decisión dado que "la declaración de inconstitucionalidad de una norma implica un acto de suma gravedad institucional y por ello debe ser considerado como \'última ratio\' del orden jurídico", que no es el caso en cuestión.Además, el TSJ destacó que un Juzgado de Ejecución será el encargado de vigilar por el tratamiento penitenciario y que la ley estipula una "flexibilidad" que "incluye no sólo la posibilidad de obtener la libertad condicional a los 35 años sino porque contempla alternativas para acceder a salidas transitorias e ingresar a períodos de semilibertad de resultar preventivo (...) expresamente desde los 15 años de encierro (...) lo cual ha sido soslayado" por la Cámara.Autoría. En otro orden, respondiendo a planteos de los abogados defensores, el TSJ consideró que si bien se había determinado que en la muerte de la niña de apenas cuatro meses intervino de forma decisiva la madre, "no habría podido seguir adelante" si Bachetti hubiera protegido a Ludmila.Según los jueces, hubo "acometimientos sucesivos y de gravedad progresiva, producidos en un entorno familiar extremadamente cerrado, en tanto sólo los imputados estaban al cuidado de la bebé. Estas lesiones eran dolorosas, lo que llevó a que la pequeña desarrollara un estado de llanto intenso (...) En semejante contexto no podía ignorar Bachetti lo que acontecía: los daños se repetían, cada vez eran más graves, la vinculación con maltrato venía de opinión de profesionales, era interpelado también por familiares".