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Río Tercero: la Corte evitó que prescriba causa por explosiones

El fallo garantizó la continuidad del proceso penal, que había sido dado por extinguido. Cinco exjefes de Fabricaciones Militares están imputados de estrago doloso calificado.

21 de marzo de 2013 a las 12:01 a. m.
Río Tercero: la Corte evitó que prescriba causa por explosiones
3 de noviembre de 1995. Siete muertos, más de 300 heridos y casas en ruinas en Río Tercero (La Voz/Archivo).

La Corte Suprema de Justicia falló en contra de la prescripción de la causa por la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurrida en 1995. El fallo garantiza que el caso siga su proceso y que pueda ahora fijarse fecha para que el Tribunal Oral Federal de Córdoba inicie el demoradísimo juicio oral. Desde 2011, la causa tiene cinco imputados de estrago doloso calificado, todos exjefes de la empresa Fabricaciones Militares.

Fuentes judiciales informaron ayer que el máximo tribunal anuló un fallo de la Sala 2ª de la Cámara Nacional de Casación que daba por extinguida la acción penal por el paso del tiempo. Con la firma de Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, mandó a dictar un nuevo fallo que contemple este criterio.

En 2010, la sala de Casación, formada entonces por Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, había ordenado a la Cámara Federal de Córdoba dictar “un nuevo pronunciamiento acerca de la posible extinción de la acción penal por prescripción”. De ese modo, hacía lugar a un recurso planteado por la defensa de dos imputados, los militares Jorge Cornejo Torino y Marcelo Diego Gatto, exdirectivos de la fábrica riotercerense. Alegaron “paso excesivo de tiempo” en el trámite judicial.

Ana Gritti, viuda de una de las siete víctimas fatales del siniestro y única querellante, interpuso un recurso extraordinario ante la Corte, que acaba de resolverlo. Entre medio, Gritti falleció aunque sus hijas continúan como querellantes.

La Corte hizo suyos los argumentos que en octubre de 2011 había esgrimido el entonces procurador General de la Nación, Esteban Righi, que se opuso al cierre por prescripción.

El caso fue elevado a juicio hace dos años por el Juzgado Federal de Río Cuarto. Pero su concreción dependía de la suerte que corriera el pedido de prescripción de la causa.

La última imputación judicial, en forma coincidente con el planteo de la querella, sostuvo que las explosiones fueron intencionales y programadas con el presunto objetivo de encubrir el faltante de armas causado por el contrabando a Croacia y Ecuador, a raíz de las ventas concretadas entre 1991 y 1995.

Otro reciente fallo judicial impacta en este caso. El pasado 8 de marzo, la Cámara de Casación Penal revocó el sobreseimiento del expresidente Carlos Menem y de otros enjuiciados en la causa por la venta ilegal de armas. Los abogados de Menem, que pasó de absuelto a condenado, ya confirmaron que recurrirán a la Corte contra esa resolución. El expediente es independiente del que se tramita en Córdoba por la voladura de la Fábrica Militar, pero los abogados de la querella ya anticiparon que por esa variante solicitarán que el actual senador por La Rioja pase a integrar la lista de imputados.

En la causa Río Tercero, luego de estar procesado, Menem obtuvo un fallo de la Cámara Federal de Córdoba que lo benefició con una “falta de mérito”.