Temas del día:

Primer rechazo a los reclamos contra el recálculo jubilatorio

La Caja de Jubilaciones respondió en forma negativa al planteo realizado vía administrativa por 18 exjerárquicos provinciales.

13 de mayo de 2016 a las 12:01 a. m.
Primer rechazo a los reclamos contra el recálculo jubilatorio
Consecuencias. La reforma previsional aprobada en diciembre pasado dio lugar a diversos planteos (Antonio Carrizo/Archivo).

La Caja de Jubilaciones formuló el primer rechazo a los miles de reclamos administrativos que se siguen presentando en contra del recorte jubilatorio. La primera respuesta se formalizó el 3 de mayo para un expediente que fue promovido por el abogado Guillermo Fernando Escuti, en representación de 18 jubilados que trabajaron como personal superior en la administración provincial.Esos pasivos pidieron la nulidad del recálculo de haberes que impuso la ley 10.333, a la que calificaron de inconstitucional al argumentar que viola la irreductibilidad de haberes que fija el artículo 57 de la Constitución Provincial.En su respuesta, el equipo legal del organismo se pega a la interpretación del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sobre el denominado núcleo duro previsional.En el fallo del caso Bossio (2009), el TSJ estableció que la frontera de la irreductibilidad es el 82 por ciento del sueldo líquido del activo. En ese punto, la Caja señala que la ley del recálculo de haberes "resulta superadora" de esa jurisprudencia. Ocurre que el núcleo que no se puede perforar, para el régimen general, equivaldría al 67,24 por ciento del sueldo bruto del activo (lo que se conoce como el 82 por ciento del 82 por ciento), mientras que la nueva base remunerativa que estableció la última reforma se corresponde con el 72,98 por ciento de salario bruto (82 por ciento del 89 por ciento).En la contestación, la Caja transcribe numerosos párrafos del fallo del caso Bossio, en particular los que abordan los conceptos de irreductibilidad y proporcionalidad.Esta primera respuesta marca el camino de los argumentos centrales que usará de aquí en más el organismo para contestar los más de cinco mil reclamos que ha recibido. Fronteras La Caja sostiene que la última reforma estableció una suerte de doble frontera: además de una nueva base remunerativa que no perfora el núcleo duro, el recálculo no puede implicar un pago menor a los haberes nominales cobrados en diciembre pasado. Para reforzar ese argumento, ofreció un detalle de los haberes percibidos entre diciembre y febrero pasados por cada uno de los 18 jubilados que realizaron el reclamo.Allí se advierte que, desde el punto de vista nominal, esos pasivos perciben haberes que superan los montos pagados al cierre de 2015, en una franja que, a febrero pasado, iba de 13.900 a 35 mil pesos.Trascendió que, en futuras respuestas, la Caja también incluirá comparaciones para contrastar el impacto del recálculo con el que tendría en la actualidad el diferimiento (ley 10.078) si estuviera vigente.En el planteo administrativo también se cuestionó el efecto retroactivo de la ley sobre un derecho adquirido, al aplicar el recálculo a todos los beneficios que se otorgaron antes de la entrada en vigencia de la reforma. Pero la Caja vuelve a respaldarse en el caso Bossio al advertir que esa queja sólo sería válida si el recálculo perforara el núcleo duro previsional. Agrega que el TSJ señaló que los adicionales o reglamentaciones que implicaron, en la práctica, que muchos pasivos cobraran más que los activos de su sector "puede restringirse en el marco de diversas coyunturas sociales y económicas".En esa línea, el Tribunal Superior sostuvo que "las situaciones de emergencia, de índole presupuestaria u otras que se inspiran en el principio de solidaridad y sostenimiento del sistema, son susceptibles de debilitar el plus que excede el 82 por ciento del sueldo líquido".Por eso la Caja señala que "es público y notorio que el sistema previsional de Córdoba atraviesa desde hace largo tiempo serias dificultades financieras estructurales". Retruco El abogado Escuti, que trabaja junto a la Unión del Personal Superior (UPS), patrocinó planteos de 150 pasivos de ese sector y anticipó que presentará un recurso de reconsideración a la respuesta de la Caja. "Siguen violando la Constitución Provincial, que consagra la irreductibilidad de los haberes. Además, hay una especie de ruptura del contrato social, ya que en su momento se acordaron aportes del 18 por ciento y el Estado se queda ahora con una parte de eso", evaluó.

Hasta la Corte

Arbitraria. El abogado Escuti opinó que la última reforma, "aunque sea ley, no es una ley justa y es arbitraria". En esa línea, anticipó que agotará la vía administrativa para luego recurrir al fuero Contencioso Administrativo. "Yo creo que vamos a terminar en la Corte Suprema", dijo.

Plazos. Presentada la reconsideración, la Caja tiene 30 días hábiles para responder, por lo que la primera tanda de demandas judiciales contra el recálculo asomaría entre julio y agosto próximos