La Corte suspendió las elecciones en Santiago del Estero
Admitió un amparopedido por la UCR, que objeta un tercer mandato de Zamora. La medida rige hasta que haya una resolución de fondo.
La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la UCR y suspendió la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador de la provincia de Santiago del Estero, inicialmente prevista para el próximo 27 de octubre. Todo ello, hasta tanto la Corte dicte un pronunciamiento definitivo en la causa, a la que imprimió el trámite expedito de la acción de amparo.En su presentación la parte actora planteó que existía en la provincia una situación de incertidumbre dado que el actual gobernador, Gerardo Zamora, que estaba cursando su segundo mandato consecutivo, había sido autorizado por el Tribunal Electoral Provincial a presentarse para un tercer mandato en el cargo. Esto, pese a que el artículo 152 y la cláusula transitoria sexta de la Constitución provincial le impedían hacerlo. Por esta razón solicitó a la Corte que pusiera fin a esa situación de falta de certeza y que hasta tanto ello ocurriera dispusiera, como medida cautelar la suspensión de las elecciones a gobernador que se iban a celebrar el domingo.La Corte al examinar este planteo, señaló en primer término que la Constitución de Santiago del Estero debía ser interpretada en el sentido más obvio del entendimiento común.A partir de ello, consideró que del artículo 152 y de la disposición transitoria sexta se deriva sin dificultad alguna que la Constitución de Santiago del Estero establece la regla de una sola reelección consecutiva. Y aclara específicamente que el período 2005-09, en el que el actual gobernador desempeñó ese mismo cargo, debe ser contabilizando como el primer período.Ante la claridad del texto constitucional, concluyó que cualquier otra interpretación que se intente resulta violatoria de la voluntad constituyente provincial.Destacó que la actuación de los poderes del Estado encuentra como límite el respeto a los principios, declaraciones, derechos y garantías reconocidos en la Constitución. Por tal motivo, descartó la posibilidad de que por vía judicial se pretenda llevar a cabo una modificación al texto constitucional establecido por el pueblo santiagueño a través de sus representantes en 2005. Manifestó que, en tales condiciones, la intervención de la Corte resultaba imperiosa pues podrían verse afectadas disposiciones de la constitución local que hacen a la esencia de la forma republicana de gobierno.

