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Duro revés judicial al cargo fijo para gas

La Nación no podrá cobrar el adicional a clientes de Ecogas en Río Cuarto.

09 de junio de 2010 a las 12:01 a. m.
Duro revés judicial al cargo fijo para gas
(AP/Archivo).

A dos semanas de la llegada del invierno, la Justicia Federal de Córdoba le asestó ayer un duro revés a la estrategia del Gobierno nacional para financiar las importaciones de gas natural: dejó firme una resolución que declaró la inconstitucionalidad del decreto 2.067/2008, por el cual se creó en las facturas del servicio un cargo específico para pagar ese combustible.

La decisión de la Cámara Federal de Córdoba hace lugar a un planteo efectuado por el defensor del Pueblo de Río Cuarto, Eduardo Mugnaini Fiad, y por ahora sólo incide sobre los clientes que Distribuidora de Gas del Centro (Ecogas) tiene en esa ciudad del sur. Se descuenta que podrían aparecer planteos similares a partir de esta jurisprudencia.

El tribunal, integrado por Luis Rueda, Abel Sánchez Torres y Octavio Cortés Olmedo, confirmó la resolución 449 del 28 de octubre de 2009 dictada por el juez de Primera Instancia, titular del Juzgado Federal de Río Cuarto, quien consideró que el Gobierno carece de atribuciones para crear por decreto un cargo fijo que para el cliente reviste características de un "impuesto con afectación específica".

Por el decreto 2.067, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner constituyó el fondo fiduciario para atender "las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección" de ese hidrocarburo "que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales" del combustible.

Dicho fondo se integra con cargos tarifarios a pagar por los usuarios de los servicios regulados de transporte y/o distribución, por aquellos consumidores que reciben el gas de los productores, sin hacer uso del sistema de transporte y distribución, y por las empresas que procesen gas natural. También instruyó al ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, para que fije el valor de los cargos e incluso para ajustarlos.

Argentina importa gas natural desde Bolivia y también lo hace a través de buques que traen el combustible del exterior. Justamente, la demora logística en la llegada de estos barcos motivó el corte de una parte del abastecimiento a los usuarios interrumpibles entre el lunes y el viernes pasados.

Este gas natural tiene un precio que, al menos, duplica al producido en las cuencas argentinas, ya que a Bolivia en el caso más barato se le pagan cinco dólares por millón de BTU mientras que los productores nacionales reciben menos de dos. En consecuencia, el Gobierno necesita fondos para pagar el mayor costo.

Justamente, el lunes pasado, De Vido aseguró que con el arribo de estos barcos quedarían solucionados los problemas de todos los usuarios, "incluso los de la categoría firme", dijo en alusión a aquellos que pagan un adicional para que no se les practiquen cortes.

Frente al decreto, Mugnaini interpuso un recurso de amparo contra el ente regulador Enargas y Nación Fideicomiso SA (administradora del fondo) ante la Justicia Federal de Río Cuarto, la cual hizo lugar al planteo en octubre del año pasado.

Luego, los demandados apelaron, pero ayer la Cámara Federal de Córdoba dejó firme lo actuado y ordenó a Ecogas que se abstenga de cobrar ese adicional. La Cámara coincidió con el juez riocuartense en que el cargo fijo no es más que un impuesto específico y que, por lo tanto, para su percepción primero debe ser aprobado en el Congreso de la Nación.