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Confirmaron el procesamiento y preventiva para Menéndez

La Cámara Federal de Córdoba resolvió la misma medida para otro imputado. Es en una causa en la que se investigan secuestros, tormentos y homicidios.

05 de junio de 2013 a las 11:49 a. m.
Confirmaron el procesamiento y preventiva para Menéndez
MENÉNDEZ. En una imagen de febrero de este año (Pedro Castillo/Archivo).

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba confirmó los procesamientos y prisiones preventivas del exjefe del Tercer Cuerpo del Ejército Luciano Benjamín Menéndez y del excivil adscrito de Inteligencia Ricardo Alberto Ramón Lardone en la causa “Rodríguez, Hermes Oscar y otros p.ss.aa. homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados”.

En una resolución fechada el 30 de mayo pero difundida este miércoles, la Sala A de la Cámara, integrada por los jueces Carlos Julio Lascano, Abel Sánchez Torres y José María Pérez Villalobo, respondió los recursos de apelación planteados por la abogada Natalia Bazán, de la Defensoría Oficial, y el letrado Carlos Martín Villanueva contra la resolución del juez subrogante del Juzgado Federal N°3, Alejandro Sánchez Freytes, el 18 de diciembre de 2012.

Bazán representa a los imputados Menéndez, Lardone, Jorge González Navarro (teniente coronel), Carlos Alberto Díaz y Oreste Valentín Padován (ambos miembros del Grupo de Operaciones Especiales o Tercera Sección u OP3 del Destacamento 141), mientras que el otro abogado defiende a Carlos Enrique Villanueva (integrante del Grupo de Operaciones Especiales, del Destacamento 141).

Ante estos recursos de apelación, que se especifican en la resolución (ver en PDF) que fue enviada a La Voz por Prensa de la Justicia Federal, la Cámara declaró, en forma unánime, "tácitamente desistido" el recurso de apelación interpuesto por la Defensoría Oficial respecto de los planteos que realizaran Padován "non bis in idem" y Lardone.

A su vez, desistió también el planteo de recusación efectuado por "Menéndez y Carlos Alberto Díaz, y en representación del imputado Jorge González Navarro" y la apelación del abogado Villanueva en representación de Carlos Martín Villanueva, "todos en contra de la resolución" dictada por Sánchez Freytes.

Confirmaciones. A su vez, la Sala A confirmó el procesamiento y prisión preventiva de Menéndez como presunto autor mediato de los delitos de las privaciones ilegítimas de las libertades agravadas, imposiciones de tormentos agravados y homicidios calificados en perjuicio de varias personas.

Además se lo considera presunto autor mediato responsable de la privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio calificado de un hombre y supuesto autor mediato responsable de privaciones ilegítimas de las libertades agravadas e imposiciones de tormentos agravados de otras personas, y como presunto autor mediato responsable del delito de dos homicidios calificados.

Por otro lado, en la resolución, la Sala A también confirmó el procesamiento y prisión preventiva del excivil adscrito de Inteligencia Ricardo Alberto Ramón Lardone como presunto coautor responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos agravados y homicidio calificado de varias personas.

También está acusado como presunto coautor responsable de privación ilegítima de la libertad agravada e  imposición de tormentos agravados a dos personas.

Acerca de los hechos y las imputaciones, la Sala A dijo que "de conformidad al relato de los hechos efectuado en primera instancia, los mismos habrían sido perpetrados en el marco del plan diseñado e implementado con el alegado propósito de la llamada \'lucha contra la subversión\', y que se habrían producido entre los meses de marzo de 1976 y junio de 1978, siendo en todos los casos sus víctimas personas de ambos sexos, con aparente militancia estudiantil, política y/o gremial en diferentes agrupaciones que, por entonces, eran consideradas \'enemigas\' por las Fuerzas Armadas y de seguridad".

"Las víctimas de la presente causa, una vez secuestradas, habrían sido conducidas a \'La Perla\', centro que habría funcionado subrepticiamente como \'lugar de reunión de detenidos\'", indicó la Sala A.

"Es preciso añadir que las instalaciones de este centro se hallaban en terrenos de los que disponía el Comando del Tercer Cuerpo de Ejército, siendo a su vez sede de actuación del Grupo Operaciones Especiales o Tercera Sección del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército argentino. Posteriormente, la mayoría de estas víctimas fue asesinada, desconociéndose hasta el presente la ubicación de sus restos", señaló.