Temas del día:

Código Civil: Alak dice que no es pesificación, pero juristas dudan

El ministro negó que se puedan pagar en pesos obligaciones contraídas en dólares. Especialistas dicen que, para eso, debería cambiarse la redacción. Nadie más del Gobierno habló del tema.

13 de junio de 2012 a las 12:01 a. m.
Código Civil: Alak dice que no es pesificación, pero juristas dudan
Julio Alak. “Quiero desmentir en forma categórica que el proyecto prevea la pesificación”, dijo el ministro de Justicia (Télam / Archivo).

El ministro de Justicia, Julio Alak, salió ayer en solitario a responder sobre los cambios impulsados por el Ejecutivo al proyecto de reforma del Código Civil y Comercial y negó que se prevea una pesificación de contratos y deudas (ver Pesfiicar o indexar, por Paula Martínez). Sin embargo, los juristas advierten que los dichos del ministro se prestan a una interpretación que, si no queda especificado en la redacción de la norma, generará controversias que, en definitiva, terminarán en la Justicia. El Poder Ejecutivo introdujo un cambio sustancial (aunque no el único) en el anteproyecto de reforma del Código que habían redactado especialistas, según lo anticipó el domingo La Voz del Interior. Son dos artículos referidos a la obligación de dar dinero en moneda extranjera. En el texto enviado al Congreso el Gobierno estableció que el deudor puede cancelarla dando el equivalente en pesos, al tipo de cambio oficial. "Quiero desmentir en forma categórica que el proyecto de Código Civil y Comercial unificado enviado al Congreso prevea la pesificación de contratos, depósitos bancarios, títulos, bonos o lo que sea. Esa posibilidad no existe en el articulado del proyecto", dijo Alak ayer.Recordó que el proyecto rescata "el principo del acuerdo entre las partes". "Los acuerdos realizados por los firmantes deben ser respetados como la ley misma", subrayó. "Si los contratos son en dólares, se ejecutan en dólares, si es en euros, también. Si se formaliza en moneda extranjera, se paga en moneda extranjera", aseveró."Si uno no pone, ahí sí el que compra o alquila puede pagar, si quiere, en moneda nacional al cambio vigente del Banco Central. Es solamente para una excepcionalidad, un caso aislado, pero es producto de la voluntad de las partes", agregó.Pero eso no coincide con el texto. Según algunos los juristas, Alak quiso significar que el Código Civil actuaría como supletorio si las partes no fijan normas específicas, pero seguiría el principio de libertad contractual: cuando dos partes establecen determinadas cláusulas, éstas se cumplen.Sin embargo, esto no está tan claro en el texto. "Si fuera una ley supletoria, debería decirlo expresamente. No todas las normas del Código lo son, muchas son imperativas (obligatorias)", explica el juez Civil de Córdoba Federico Ossola. "Si la nueva redacción da al deudor la facultad de liberarse de obligaciones en dólares pagando en pesos al cambio oficial, ¿qué deudor va a renunciar a esto? Y si lo hiciera, ¿sería válido?", se pregunta. "Alak lo dice ahora, pero esto da lugar a interpretación. Debería plantearse expresamente en la redacción para generar dudas", considera. "Aunque se diga que esto no es pesificación, en la práctica, sí lo es", subraya Ossola. Incluso advierte que se abre la puerta a una pesificación de depósitos en dólares.Aunque generó un gran revuelo en el mercado financiero y llenó de preocupación incluso a los gobernadores que por estas horas quieren emitir bonos en dólares, el texto propuesto por el Gobierno fue "dormido" por el oficialismo en el Congreso.El kirchnerismo se negó a cualquier tipo de interpretación y sólo algunos legisladores se animaron a resaltar los mismos conceptos vertidos por Alak. El senador Guillermo Carmona sentenció que el artículo 765 del nuevo Código Civil propuesto por el Poder Ejecutivo "borra los vestigios de la convertibilidad". "Esto no cambia nada porque, en primer lugar, ninguna ley es retroactiva y por lo tanto no afecta a los depósitos hechos en dólares o a los bonos en moneda extranjera", dijo. En cambio, la senadora radical Laura Montero sostuvo todo lo contrario: "Alak negó lo que el propio Ejecutivo Nacional mandó al Senado (...) Es verdad que nadie podrá prohibir que se firmen contratos en dólares, lo que pasa es que si se incumple lo pactado, el acreedor de dólares deberá someterse a un régimen diferente al que se aplica a las deudas en pesos y no podrá exigir indemnizaciones, por eso es que explícitamente el artículo habla de cosas".

El “blue”, a $ 5,95

32%. Es la brecha que tiene con el dólar oficial. $ 6,52: cotizó el dólar "contado con liqui". Riesgo país: 1.130 puntos básicos.