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Daño a la investidura presidencial

Alberto Fernández debe comprender que a la hora de opinar debe respetar los límites que le impone la Constitución y evitar referirse a procesos judiciales en curso.

28 de agosto de 2022 a las 12:01 a. m.
Daño a la investidura presidencial
Alberto Fernández, en el programa "A dos voces" (TN)

Al principio de su gestión, cada vez que Alberto Fernández caía en un exabrupto, la justificación de su entorno era que no aceptaba que sus asesores le recomendaran limitar sus declaraciones. A esta altura del mandato, es evidente que cree que no hay ninguna razón por la que debiera abstenerse de decir lo que piensa sobre cuestiones por demás sensibles.

En cada entrevista que da a los medios o en los discursos que jalonan su gestión, lo que en esencia nos dice a los argentinos es que su condición de ciudadano es más importante que su rol como presidente. En otras palabras, no está dispuesto a respetar la investidura presidencial y todo lo que ella implica.

El miércoles pasado, en un canal de televisión, Fernández dijo cosas que un presidente no debiera permitirse decir, por el simple hecho de que están prohibidas por la Constitución. Quien ejerce el Poder Ejecutivo no debe hablar públicamente de casos judiciales en curso, no debe expresarse de manera tal que se infiera de sus palabras que está al tanto de un expediente judicial determinado. Porque hay una división de poderes que veda al Poder Ejecutivo toda interferencia sobre el Poder Judicial, y viceversa.

Fernández puede estar orgulloso de ser hijo de un juez. Y puede decir con profunda satisfacción personal que es profesor de la Facultad de Derecho de una universidad nacional desde hace décadas. Pero todos esos antecedentes personales hoy debieran quedar eclipsados frente al hecho de que es el presidente de la República y que, por lo tanto, debe comportarse como lo marca la Constitución y el marco legal que nos rige. Y que tanto o más que el Derecho Penal –temática de la que es docente– debe conocer y practicar el Derecho Constitucional.

Entonces, no puede señalar que el alegato de un fiscal es “un disparate” de “una debilidad jurídica asombrosa”, por lo cual él ansía “que la Justicia encauce esta situación”.

Se refería al fiscal Diego Luciani, quien acaba de pedir en la causa Vialidad una importante pena para la vicepresidenta Cristina Kirchner. Pero abstraigámonos de la referencia concreta. Quien ejerce el Poder Ejecutivo no debe expresarse públicamente de ninguna causa judicial en trámite. ¿Puede hacerlo un profesor de Derecho, un abogado, un dirigente político? Sí, pueden. Pero no el presidente de la Nación, aunque sea esas tres cosas, porque el cargo que ocupa es más relevante que sus saberes personales. Eso es lo que representa la investidura.

Además, un presidente no puede faltar a la verdad o tergiversar los hechos, y Fernández, para agravar más la situación, acaba de hacerlo: dijo que Nisman “se suicidó, hasta acá no se probó otra cosa”. Pues no es cierto: con base en un peritaje de Gendarmería Nacional, entre otras pruebas, el fallo del juez Julián Ercolini sostiene que Nisman fue asesinado, lo que fue ratificado por la Cámara Federal.

Para terminar de complicar el cuadro, como en otras ocasiones, se puede comprobar que en la década pasada, cuando estaba distanciado de Cristina Kirchner, Fernández sostuvo que Nisman no se había suicidado.

Alguien debiera ayudarlo a comprender que es de una gravedad inusitada que el presidente dañe así la investidura presidencial.