"Cada causa es como un caso clínico"
Las condenas que fiscales y jueces consideran severas pueden parecer leves a la sociedad.
Estaba ingresando un domingo al Estadio Junior's, cuando un concurrente me dijo: "Cómo se ve que la chica no era tu hija, que le pediste 20 años". El reclamo obedecía al pedido de 20 años hecho por este fiscal al acusado de matar a balazos, a Nadia; una joven madre. Su cuerpo había aparecido en un baldío de la Ciudad Universitaria. El asesino era su ex novio. Para los homicidios como este, la ley fija una escala entre 10 años y ocho meses y 32 años y seis meses de prisión. Para pedir la pena, consideré especialmente la violación del derecho humano a la vida, el daño causado a la familia y la actitud posterior al delito, por lo que solicité 20 años de prisión. El Tribunal le impuso 19 años. A simple vista, las penas casi llegaban al doble del mínimo, máxime si se considera que el homicida no tenía antecedentes penales. Sin embargo, a la sociedad en la voz del hincha antes mencionado, colocado en el papel de padre, le pareció una pena exigua, aunque es evidente que fue una pena severa y justa. Está claro que el rol de los fiscales, como integrantes de ministerio público, es distinto al de los jueces, quienes tienen la máxima responsabilidad de elucidar la determinación judicial de la pena; no es lo mismo pedir pena, que imponerla. Los fiscales deben investigar los hechos, elevar la causa a juicio, mantener la acusación y, en ese camino, deben probar la educación, costumbres, condiciones de vida, medios de subsistencia, antecedentes criminales, estado mental, motivos para delinquir y peligrosidad del imputado, así como el daño producido a la víctima. Cumplidos estos pasos, el fiscal de Cámara, objetivo e imparcial, y aún visionando el interés social, solicita una pena. El juez, con las pruebas mencionadas, hace su propia composición y la aplica; además tiene en cuenta la anacrónica fórmula de los artículos 40 y 41 del Código Penal, la que, cabe recalcar, en la actualidad no contempla situaciones de hecho tales como daño social, vulnerabilidad de la víctima (ancianos, niños, discapacitados), discriminación (fuera de las agravantes previstas por la Ley de Actos Discriminatorios), adicciones, etcétera.Bastaría acotar que cada causa es como un caso clínico y requiere un diagnóstico y un tratamiento distinto, por ello, la condena siempre será diferente y, en la mayoría de los casos, será dificultoso de conformar a las partes del proceso. Sería importante también que, ya como integrantes de la sociedad, lográramos entender la delicada tarea que tienen los jueces al imponer una pena.

