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"Se evitará llenar los juzgados con causas menores"

El presidente del CPCE Córdoba, José Arnoletto, considera positivos, en general, los cambios del régimen penal tributario. En particular, el incremento de los montos de evasión punibles.

24 de diciembre de 2011 a las 12:01 a. m.
"Se evitará llenar los juzgados con causas menores"
Control. La Afip tiene nuevas herramientas para combatir la evasión (Télam).

En las maratónicas sesiones que las cámaras de Diputados y de Senadores protagonizaron estas dos semanas, una de las iniciativas que se convirtió en ley fue la reforma al Régimen Penal Tributario. Uno de los puntos fundamentales del proyecto aprobado el jueves a la madrugada por la Cámara Alta es la elevación de los montos a partir de los cuales se aplica el régimen penal.Estas modificaciones fueron evaluadas en forma positiva por José Arnoletto, presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE). "En términos generales, elevar el mínimo es importante para no llenar los juzgados por causas de montos menores. Ahora van a ir a la Justicia penal cuestiones de magnitud", resaltó.De todos modos, consideró que los montos "no se elevaron todo lo que deberían, para ciertos tributos como el IVA, el monto anual es bajo".En general, los pisos se elevan de 100 mil a 400 mil. La actualización luce escasa, teniendo en cuenta que el monto aún vigente había sido fijado en 1997. Incluso, el proyecto original, establecía un mínimo de un millón, y luego fue reducido.Al respecto, Arnoletto opinó que tendría que haberse establecido "un mecanismo de actualización más automática, que no implique modificar la ley todos los años para cambiar el tope".Por otra parte, el dirigente profesional destacó que la eliminación de la posibilidad de quedar fuera del régimen penal mediante el pago del monto evadido (al contado o en una moratoria) "le da seriedad a la ley". El proyecto sancionado deja abierta la posibilidad de implementar un "blanqueo" pues permite eximir de responsabilidades penales a quienes regularicen voluntariamente su situación con el fisco, siempre y cuando no haya habido una inspección previa. Esta cuestión había generado controversias cuando se lanzó el blanqueo en 2009, y ahora quedó aclarada, explicó Arnoletto.Por otra parte, el profesional consideró que la incorporación al régimen penal tributario de los tributos que cobran los fiscos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) es una ayuda para estas jurisdicciones. "Esto les da una herramienta más de cobro a las Provincias", aseguró. Aclaró que no habrá problemas en cuanto a los juzgados competentes, ya que se establece expresamente que para los tributos nacionales, será competente el fuero penal tributario (en la Caba) o el federal (en el resto del país). En cambio, para los impuestos locales, la competencia será de los juzgados provinciales. Por último, explicó que podría generar controversias el punto que elimina la posibilidad de utilizar la ley más benigna (en cuanto al monto evadido) en los procesos vigentes.