Temas del día:

Por ahora, el interior queda fuera del impuesto a los servicios de Internet

Sigue la controversia sobre la retención que aplicará la Ciudad de Buenos Aires sobre los servicios de juegos, videos, música y similares.

07 de septiembre de 2014 a las 12:01 a. m.
Por ahora, el interior queda fuera del impuesto a los servicios de Internet
Las prestadoras de servicios de Internet pagarán Ingresos Brutos en Capital Federal.

La decisión de la agencia de recaudación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) de aplicar una retención de Ingresos Brutos a los servicios de TV, juegos y música por Internet, bautizado “impuesto Netflix”, sigue generando controversia.

Según evalúan los tributaristas, este cargo no alcanzaría a quienes vivan en Córdoba o el resto del país, salvo que el domicilio de su tarjeta sea la Capital Federal. “Aunque la resolución no es clara, las tarjetas sólo deberán retener a los proveedores de los servicios cuando este sea utilizado efectivamente en Caba”, explica Luciano Brunotto, de Castillo y Asociados.

De todos modos, no hay que descartar que las demás provincias sigan este ejemplo. Se sabe que estos se pueden convertir en casos que luego se imitan, como la tasa vial de Córdoba.

Esta medida, que se regirá desde el 1º de noviembre y que generó un gran revuelo en las redes sociales esta semana, en realidad no es un nuevo impuesto sino una disposición que llevaría a que compañías como Netflix se inscriban en Ingresos Brutos en la Caba para que el efecto les sea neutro.

Lo que dispuso la resolución 593/14 de la agencia de recaudación porteña (Agip) no es, en realidad un nuevo tributo, sino la implementación de un régimen de retención (un pago a cuenta) de Ingresos Brutos que las tarjetas de crédito o débito que intervengan en el pago de los servicios de Internet tendrán que realizar a las empresas que los prestan.

En principio, no implica un nuevo cargo para los usuarios pero quedará en la decisión de cada compañía trasladar o no el costo al precio final.

No sólo Netflix está alcanzada sino también otras firmas como Spotify, Amazon, iTunes, los servicios de juegos de Xbox y PlayStation. Según dice la norma alcanza a cualquier “suscripción para comprar o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos o similares”.

Aunque esta cuestión está limitada, por ahora, a Buenos Aires y a servicios todavía poco extendidos, son cada vez más los usuarios que adhieren a estos contenidos, por lo que será un tema de discusión en los próximos años.

El titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, José Arnoletto, se mostró de acuerdo con cobrar a estas empresas. Y explica que compiten con prestadoras locales de cable que pagan impuestos nacionales, provinciales y municipales.

En varios países, incluyendo Estados Unidos y Brasil, se están aplicando tributos a los servicios de Internet y se discute cómo cobrar a estas compañías que se están radicando en lugares donde no existen estos impuestos.

Servicios alcanzados

Abarca la contratación de servicios de suscripción “on line” para ver películas, música, juegos o videos.