Blanqueo: las declaraciones fuera de término pueden acceder al "tapón" fiscal
Quien omitió presentar Bienes Personales 2015, puede hacerlo ahora, incluir la deuda en la moratoria y pedir el bloqueo "hacia atrás".
Una de las tantas dudas que generó la ley de sinceramiento fiscal es qué pasaba con aquellas personas que habían omitido presentar las declaraciones juradas 2015 a la fecha de vencimiento.
Dentro de la norma, que incluye el blanqueo, la moratoria y los beneficios a contribuyentes cumplidores, se incorpora un punto interesante: el llamado tapón o bloqueo fiscal.
Esto es, quien exteriorice (blanquee) bienes no declarados o, quien, habiendo cumplido, ratifique su presentación de 2015 quedará "limpio"; la Administración Federal de ingresos Públicos (Afip) no podrá investigar nada hacia atrás y eso incluye, no solo reclamos de impuestos no pagados, sino también, eventuales sanciones y acciones judiciales.
La Afip aclaró, en una resolución publicada el lunes, que quienes omitieron presentar la declaración jurada de Bienes Personales o Ganancias 2015 al vencimiento (abril o mayo último) pueden hacerlo con posterioridad, sin perder el anterior beneficio.
Es decir, una persona puede presentar ahora la declaración ya vencida y pedir su ratificación para acceder a esta liberación.
Lo que no puede solicitar quien no haya cumplido al vencimiento, es el beneficio de contribuyente cumplidor con la exención de Bienes Personales por los próximos tres años.

