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Oficial: River es finalista y Gallardo sancionado por cuatro fechas

Conmebol rechazó el reclamo de Gremio y confirmó que River y Boca jugarán la final de la Copa Libertadores. Además, se resolvió suspender a Marcelo Gallardo por cuatro encuentros.

03 de noviembre de 2018 a las 08:52 p. m.
Oficial: River es finalista y Gallardo sancionado por cuatro fechas

Ya se conoció oficialmente la resolución de la Conmebol por la protesta de Gremio de Brasil por el cotejo de semifinales (que fue rechazada), y de esta manera River será finalista de la Copa Libertadores de América.

El Millonario jugará finalmente contra Boca Juniors como se esperaba, aunque todavía las fechas de las finales no está estipulada.

En principio, el primer partido será el sábado 10, en La Bombonera y sin público visitante.

La sanción para el entrenador Marcelo Gallardo será de cuatro partidos, y 50 mil dólares de multa. Gallardo tiene prohibido el acceso a La Bombonera en el partido de ida entre Boca y River.

Y, luego, deberá cumplir tres partidos de suspensión en competencias de la Conmebol. Podrá estar en el banco en un eventual Mundial de Clubes, en el caso de que River clasifique a dicha competencia.

Ampliaremos.

El fallo:

1º. RECHAZAR el reclamo presentado por el GRÊMIO FOOT-BALL PORTO ALEGRENSE en

fecha 31 de octubre de 2018.

2º. CONFIRMAR el resultado de 1 : 2 a favor del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE del partido

disputado en fecha 30 de octubre de 2018, entre los equipos de GRÊMIO FOOT-BALL PORTO

ALEGRENSE y CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE

3º. PROHIBIR al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO acceder al Estadio en el siguiente

partido de la CONMEBOL Libertadores 2018 conforme al Artículo 20 inciso h) del Reglamento

Disciplinario de la CONMEBOL. Esta prohibición de acceso al estadio incluye la prohibición de

comunicarse por cualquier medio con su Cuerpo Técnico, Oficiales y Jugadores.

4º. SUSPENDER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO por 3 (tres) partidos. La presente

sanción iniciará su vigencia una vez cumplida la sanción establecida en el punto 3º y se deberá cumplir

conforme a lo dispuesto en el Artículo 76.1 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.

5º. IMPONER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO una multa de USD. 50.000

(CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del

Reglamento Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a

recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE en concepto de derechos de Televisación o

Patrocinio.

6º. ADVERTIR expresamente al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO que, en caso de

reiterarse un incidente de cualquier desacato, irrespeto a los oficiales o cualquier otra infracción a la

disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento

será considerado como situación agravante.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo de

siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión

conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Dicho recurso será sin efecto

suspensivo. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes

del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento

Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES

ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

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