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Un Código innovador para simplificar la vida cotidiana, con algunos desafíos

Hace un año que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación está en marcha, y los entendidos en la materia evalúan que el propósito de la norma rectora se está cumpliendo: el derecho está resolviendo de manera más fácil y rápida la vida civil y comercial de los argentinos.

31 de julio de 2016 a las 12:01 a. m.
Un Código innovador para simplificar la vida cotidiana, con algunos desafíos

Hace un año que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación está en marcha, y los entendidos en la materia evalúan que el propósito de la norma rectora se está cumpliendo: el derecho está resolviendo de manera más fácil y rápida la vida civil y comercial de los argentinos.En octubre de 2014, la ley 26.994 aprobó la norma que debía regir desde enero de 2016, pero que luego se adelantó al 1° de agosto de 2015. Entre 2011 y 2012, más de 100 juristas de todo el país trabajaron en el anteproyecto, recibieron inquietudes y plasmaron, en un lenguaje claro y entendible, mucho de lo que la jurisprudencia venía dictando. Además, muchas leyes específicas (como las que protegen al consumidor) pasaron a formar parte del nuevo Código. Y si bien el Ejecutivo reformó de manera unilateral algunos aspectos, los juristas entienden que la nueva norma es innovadora y está acorde a las demandas del siglo 21.Superadas las críticas de quienes creían que adelantar la vigencia era apresurado, los juristas que consultó La Voz (y que participaron del anteproyecto) celebran el primer año. "Había una gran incertidumbre por cómo se iba a aplicar, pero no se observan mayores conflictos entre la norma anterior y la vigente: no hay problemas de transición", evalúa Horacio Roitman, que trabajó en sociedades comerciales en el anteproyecto. "La entrada en vigencia fue asumida por jueces, abogados, escribanos, etc., con sano interés y disposición", resume Gustavo Bono, que aportó en materia de derechos reales.Un punto de fricción ha sido, para algunos, conflictos previos al 1° de agosto, si debía aplicarse el Código viejo o el nuevo. "Eso ha sido superado en parte dado el notable esfuerzo de la doctrina y de los jueces, que están encontrando para cada caso soluciones que no son traumáticas, aplicando la ley nueva cuando es más beneficiosa", considera Roitman."Hay cuestiones que no ofrecen dificultades, como un divorcio; pero otras son muy opinables, como sucede en materia de privilegios. Son temas que se irán decantando de a poco y ya tenemos alguna jurisprudencia que sirve de guía para interpretar muchas de sus normas", agrega Daniel Pizarro, otro cordobés que participó del anteproyecto. Transición "Las transiciones no son fáciles para abogados, jueces y ciudadanos, pero la respuesta ha sido muy favorable", completa Nora Lloveras, que trabajó en el área de familia.Justamente, en el derecho de familia, por su alto impacto en la vida cotidiana, fue donde existió cierta resistencia desde sectores conservadores, pese a que el Código excluyó dos temas polémicos, como la fecundación in vitro y el aborto. "No hubo más divorcios ni más uniones convivenciales que matrimonios porque estuviera permitido, eran instituciones que había que aplicar y lo que existía eran prejuicios y temores infundados", dice Gustavo Vallespinos, otro cordobés que hizo su aporte en teoría general de los contratos. Adecuaciones Para la aplicación plena del nuevo Código hacían falta dos cosas: difusión y adecuación de las diferentes legislaciones. Si bien ambas cosas se están haciendo, todavía falta. "En esa dirección ya se han dictado leyes locales, como la 10.305 sobre procedimiento de los Tribunales de familia o la ley 10.323, que ajustó la legislación del Catastro Provincial, no sólo al Código sino a la Ley Nacional de Catastro 26.209", evalúa Bono. José Márquez, especialista en derecho patrimonial, apunta lo que falta: "Legislación sobre inscripción de fideicomisos (que ahora el Código declara obligatoria), o sobre propiedad horizontal, tema en el que el nuevo Código ordena y aún la Provincia no ha dictado todas las normas de implementación". "El lado negativo lo encuentro en las reformas que introdujo el Ejecutivo, como la exclusión de la responsabilidad del Estado o la potestad que el Congreso les dio a las provincias para legislar en plazos de prescripción tributaria, que me parecen inconstitucionales", agrega Pizarro. Avances Todos consideran que el nuevo Código es claro y da poco lugar a confusiones. "He tenido que redactar dos contratos muy complejos y el Código me ha facilitado el trabajo", confiesa Roitman."Los divorcios más cortos están funcionando muy bien: se dicta el divorcio y la tenencia de los hijos y división del dinero se discuten aparte", asegura Lloveras. Más crítica es Virginia Bertoldi de Fourcade, camarista de Familia: "En la práctica se está planteando mucho el divorcio unilateral, con propuesta de acuerdo, pero no con un acuerdo previo bilateral como se esperaba. Llegan esperando la contrapropuesta de la otra parte". "Eso refleja que la gente quiere divorciarse y deja los acuerdos para después: esto es un efecto no deseado", insiste."Se propone un modelo de juez con mayores poderes de decisión, dotándolos de facultades más flexibles y atípicas", agrega Márquez. Ese protagonismo está claro en lo contractual: "No es lo mismo contratar en igualdad, adhesión o consumo; al estar encuadrados hoy esos tres grandes andariveles", considera Vallespinos.La lista de progresos e innovaciones podría seguir. Pero a un año de vigencia de la nueva norma los resultados son positivos, aunque en todo haya que seguir haciendo docencia.

Curiosidades

Ilknur Azra.

Así anotó una pareja a un bebé cordobés en el Registro Civil municipal, luego de entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial. Esos son el primer y segundo nombre del pequeño. Ilknur es de origen turco y significa “primera luz”.

Dos mamás.

Otro bebé fue anotado en el Registro Civil municipal con dos mamás, que fue gestado por las mismas personas. Antes del nacimiento, el hombre solicitó un DNI con cambio de sexo.