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Rosario: escuela deberá pagar más de $ 50 mil a un alumno agredido por un compañero

Con una tijera, le causó diferentes heridas en el cuerpo. El fallo consideró que cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo, la guarda de los padres se desplaza al colegio.

02 de mayo de 2012 a las 07:35 p. m.
Agencia Télam
Rosario: escuela deberá pagar más de $ 50 mil a un alumno agredido por un compañero

Una escuela privada de nivel secundario de Rosario deberá pagar más de 50 mil pesos a un alumno que fue agredido por otro con una tijera dentro del establecimiento educativo, informaron fuentes judiciales.

La medida fue dispuesta por el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 1 de esa ciudad contra la Escuela Privada de Enseñanza Media N* 8038 "María Bicecci", ubicada en Buenos Aires 1290 de la Asociación de Mujeres.

La condena fue aplicada por las juezas de ese Tribunal Paula Sansó, Susana Igarzábal y Mariana Varela que consideraron que cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo, la guarda de los padres se desplaza al colegio.

El hecho se registró el 3 de noviembre de 2003, cuando en el primer escalón de entrada al centro educacional, un alumno de 15 años atacó con una tijera a otro de 16 y le produjo diversas heridas en la cabeza, tórax y en la región lumbar.

El estudiante agredido quedó con cicatrices por las heridas sufridas y en el informe de la perito psicóloga se señala que el menor padeció un daño psíquico moderado y trastornos de angustia y miedo.

Las magistradas señalaron en el fallo que "la obligación de seguridad y de educar se encuentran en un pie de igualdad", al sostener que "la actividad educativa es lícita, pero si se causa un daño debe ser reparado porque es injusto que la víctima lo soporte y no el que ha sido creador del riesgo".

El fallo judicial señala además "que el Código Civil establece que los propietarios de los establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa".

Añade que "cuando un menor ingresa o se encuentra en un establecimiento educativo, se desplaza la guarda material del hijo que ejercen los padres" y "en estos casos existe una verdadera delegación de la guarda al establecimiento, en donde los padres resignan en forma temporal sus deberes y derechos de cuidarlos y educarlos, quedando éstos a cargo de la institución".

"En consecuencia, si algún alumno sufre un daño, se produce el incumplimiento por parte del establecimiento educativo de la obligación de seguridad", enfatizaron las juezas.

En esa línea sostuvieron que "la autoridad escolar está obligada a reintegrar a la salida de cada jornada escolar sano y salvo al alumno".

Al hacer lugar a la demanda, presentada por los padres del menor agredido, el Tribunal de primera instancia condenó a esa escuela a pagar a la víctima la suma de 23 mil pesos en concepto de capital, cifra que supera con los intereses los 50 mil pesos, indica el fallo.