"Reglas de convivencia" al recuperar la libertad
La ley que crea el “registro de violadores” impone algunas obligaciones a los condenados que recuperan la libertad.
La ley que crea el "registro de violadores" impone algunas obligaciones a los condenados que recuperan la libertad. La más importante se basa en la obligación del condenado, cuando sale de la cárcel, de fijar domicilio y presentarse en la comisaría más cercana a su hogar cada 30 días. En caso de que cambie de domicilio, debe anunciarlo con 10 días de anticipación. Ese deber permanece durante 10 o cinco años, según el liberado haya sido o no reincidente."Si advertimos atrasos hacemos el control. Si no compareció se lo cita, se lo busca y se hace que se cumplan las reglas de convivencia", aseguró la comisaria Daniela Adam, que coordina la aplicación de las reglas de convivencia. Y manifestó que ya tiene inscriptos alrededor de 150 delincuentes sexuales.Adam contó que desde la comisaría del barrio pueden controlar si los domicilios que aduce el ex convicto donde vive y donde trabaja son los reales."Si la persona se fue del lugar habitual de residencia, se solicita al juez que libere una orden de captura. Nos pasó unas 10 veces y ubicamos a la mitad, al resto se lo sigue buscando", contó la comisaria.Adam contó un caso de comienzos de 2012, cuando se cometió un hecho de abuso sexual contra una mujer. Entonces, se buscó en el registro a personas con las características físicas mencionadas por la víctima que vivieran en la zona del hecho. Así se encontró al agresor con rapidez.La comisaria asegura que el rango etario de las personas anotadas es de los 25 a los 50 años y que la mayoría vive en barrios periféricos de la ciudad de Córdoba o en el interior provincial.

