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Caroya: denuncia de defraudación al municipio

Una comisión investigadora creada por concejales terminaría derivando el caso a la Justicia. Es por una obra de pavimentación.

15 de noviembre de 2010 a las 08:47 p. m.
Corresponsalía
Caroya: denuncia de defraudación al municipio

Colonia Caroya. En conferencia de prensa, los concejales de esta ciudad que formaron parte de la comisión investigadora dieron a conocer que colectaron más pruebas sobre presuntos delitos cometidos en perjuicio del municipio en la pretensión de dos ingenieros civiles de cobrar honorarios por un proyecto de obra que culminó con la pavimentación de las calles 172 y 132, por un monto superior a los seis millones de pesos.

Los hechos datan de mediados de 2006 cuando los dos profesionales hicieron un proyecto de obra y firmaron dos contratos del mismo tenor aunque con diferencias entre ellos, especialmente en lo atinente al pago de la obra donde no quedó claro que si era o no el municipio el que debía "gestionar" ese pago ante la empresa que se hiciera cargo de la ejecución.

Los contratos tienen todos los defectos administrativos posibles y contrarían el régimen de contratación vigente y la Ley Orgánica Municipal 8102 -que regía al municipio en ese entonces-, según señaló el asesor letrado externo Guillermo Naum, que fue  contratado por los concejales para emitir un dictamen de carácter no vinculante.

La sugerencia del abogado fue que el municipio se presente como querellante particular, que pida intervención al fiscal de Instrucción Raúl José Almeyda para que investigue si se está ante un acto en el que el ex intendente Héctor Nanini podría haber incurrido en los delitos de abuso de autoridad (artículo 248 Código Penal), y administración fraudulenta (art. 173 inc. 7º y 8º, art 174 inc. 5º ).  También se le sugirió al Ejecutivo que a través de un decreto ordene la suspensión del pago de los honorarios hasta tanto se investigue la legitimidad de origen del trabajo.Los hechos. En la denuncia se apunta que hay dos contratos firmados por las mismas personas, en la misma fecha, con el mismo objeto, el mismo precio, en hojas sin membrete oficial, no llevan sellos de la administración municipal, no mencionan el acto jurídico que dio nacimiento al contrato (ordenanza, decreto),  tampoco está firmado por ningún secretario o funcionario que validen los contratos que sí llevaban la firma del ex intendente Héctor Nanini.

Se consignó que se diferencian en la denominación porque un contrato lleva por título contrato de locación de servicios y el otro contrato de locación de obra intelectual. La otra diferencia apuntada es que en uno de los contratos se saltean la cláusula cuarta que era la que señalaba la responsabilidad del Departamento Ejecutivo en la gestión del pago de los honorarios del proyecto por parte de la empresa que resultase adjudicataria de la obra.

Aunque en su momento se señaló que Vialidad Provincial exigía al municipio la confección del proyecto de obra, la repartición provincial se expidió por escrito ante el Concejo Deliberante señalando que eso no era necesario. Lo concreto es que la obra se hizo sobre el proyecto que los ingenieros realizaron y el reclamo por el pago de honorarios es hacia quien lo solicitó en su momento: la Municipalidad de Colonia Caroya.