Por no retener la cuota alimentaria a un empleado, multan a una empresa
Pese a una orden judicial, la empresa no descontó el dinero para tres hijos de uno de sus trabajadores.
04 de octubre de 2016 a las 01:04 p. m.
La jueza de Familia de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Mónica Susana Parrello, ordenó multar a una empresa que evitó retener la cuota alimentaria de tres hijos de uno de sus trabajadores, pese a una disposición judicial al respecto.
La sanción es de 2.500 pesos. Además, sobre la base del Código Civil y Comercial, se declaró a la empresa “solidariamente responsable” de la integración de las cuotas alimentarias adeudadas entre los meses de mayo de 2015 y mayo de 2016.
La magistrada cuestionó a la firma por “la falta total de sensibilidad social” evidenciada para el pago de las cuotas alimentarias en favor de un joven de 18 años y de dos niños de 10 y 12 años.
El fallo es del 21 de septiembre de 2016.

