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Nadie sabe cuándo se aplicará la guía de abortos no punibles

Un juez cordobés reconoció que la violación es una causa de aborto no punible y que este es constitucional. Pero el protocolo para acceder a ese derecho continúa suspendido.

29 de agosto de 2012 a las 12:01 a. m.
Redacción La Voz
Nadie sabe cuándo se aplicará la guía de abortos no punibles
Lucha. Organizaciones sociales apoyan la aplicación del protocolo que garantiza el aborto no punible (DyN/Archivo).

Un día después de que un juez cordobés reconociera la constitucionalidad del aborto no punible, sigue suspendida la guía provincial para atender esos casos excepcionales en los hospitales provinciales. Y, como su aplicación depende de otros vericuetos procesales, tampoco se sabe cuándo se podrá volver a aplicar. El fallo del juez de 30º Nominación en lo Civil y Comercial, Federico Ossola, levantó polémica porque se apartó del criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agregó un requisito extra para los casos de aborto no punible. Es decir, exhortó a la Provincia que un equipo interdisciplinario constate de que el embarazo fue producto de una violación. Sucede que consideró insuficiente la declaración jurada para realizar la interrupción de la gestación, único requerimiento previsto por el máximo tribunal.En el fallo, Ossola dejó sin efecto sólo la parte de la guía en que se solicita la declaración jurada. Sin embargo, dejó vigente el resto del protocolo, el que fue elaborado por la Provincia para seguir los lineamientos del histórico fallo de la Corte de marzo pasado.El problema radica en que, antes de dictar el fallo, el juez había concedido como medida cautelar, pedida por la amparista Portal de Belén, la suspensión provisoria de la aplicación de la guía hasta tanto resolviera la cuestión de fondo.Esa medida cautelar, es decir, la suspensión de la aplicación de la guía, debería quedar sin efecto cuando la sentencia conocida el lunes quede firme. Sin embargo, como las partes ya adelantaron que apelarán el fallo, este no quedará firme y la vigencia o no de la medida cautelar ahora la tendrá que decidir la Cámara Civil y Comercial de 3ª Nominación, que es el tribunal jerárquico de la causa.En definitiva, la guía y, en consecuencia, el acceso al derecho a practicarse un aborto no punible en los casos excepcionales que reconoce la ley, seguirán sin poder aplicarse por un tiempo que nadie sabe cuánto será. Y se agrega otro problema: incluso si la Cámara se expidiera con celeridad, alguna de las partes podría apelar nuevamente para que el Tribunal Superior de Justicia decida. Todo ello podría llevar varios meses. Nadie sabe cuántos.Vale recordar que, en marzo pasado, la Corte Suprema de Justicia reconoció que la interrupción del embarazo producto de una violación encuadra dentro del aborto no punible. Así zanjó un debate histórico sobre si esa causal encuadraba o no en el delito de aborto. Apelación. La organización Portal de Belén, Católicas por el Derecho a Decidir (que interviene como tercero coadyuvante), y la Provincia apelarán el fallo de Ossola conocido el lunes. Desde el Gobierno, lo confirmó Oscar González, jefe de Gabinete. "Sí se va a apelar porque ese fallo difiere de lo que es el fallo de la Suprema Corte y la guía de abortos no punibles del ministerio de Salud de la Nación", aseguró. Por su parte, Natalia Milisenda, abogada de Católicas por el Derecho a Decidir manifestó que la exigencia de un equipo interdisciplinario para verificar la violación es "inconstitucional". En la posición contraria, Portal de Belén, la parte amparista, pretende que directamente se declare la inconstitucionalidad de todos los casos de aborto no punible.Los casos de aborto no punible son dos: la violación y cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer.}