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Nadie pide el certificado de antecedentes sexuales

Es para que se cumpla la norma que prohíbe a personas inscriptas en el "registro de violadores" trabajar en colegios o como transportistas escolares.

11 de enero de 2013 a las 12:01 a. m.
Redacción La Voz
Nadie pide el certificado de antecedentes sexuales

El llamado "registro de violadores" –creado por ley y con polémica hace tres años– ya tiene 150 inscriptos, es decir, condenados que recuperaron la libertad. Pero aún no recibe pedidos de los certificados que deberían presentar los que trabajen en establecimientos educativos o como transportistas de niños. El denominado Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual funciona en dos ámbitos: el Ministerio de Justicia y la Policía provincial. Uno recopila datos, el otro hace el seguimiento del condenado que recuperó la libertad.El registro (ley 9.680 de octubre de 2009) es confidencial y compila datos de los autores de delitos contra la integridad sexual, como el código de identificación genética, el historial de delitos y el tratamiento que hayan recibido, la sentencia y todo otro antecedente que "contribuya a su seguimiento social". Así, se busca que provea información y agilice investigaciones penales.La ley se dictó con el fundamento de que la reincidencia de los delincuentes sexuales es mayor que la del resto de los criminales. Vale recordar, sin embargo, que al momento de su sanción los legisladores que se oponían adujeron que el mismo era inconstitucional.Además del registro, le ley incluye "reglas de convivencia" que deben cumplir los que recuperaron la libertad. Las personas que entren en contacto con el registro tiene la obligación, según el decreto reglamentario de la ley, de "mantener y conservar absoluta confidencialidad y reserva en el manejo de la información disponible". Sin pedidos. A pesar de estar en funcionamiento, aún existe un aspecto de la ley que no está del todo aceitado: el pedido de los certificados de antecedentes sexuales. Sucede que la norma dispone que la inscripción en el registro "importa la prohibición absoluta y automática para desempeñarse en servicios públicos y/o semipúblicos en los que estuviesen involucrados menores de edad". La prohibición se aplica a quien "pretenda incorporarse a establecimientos educativos de cualquier nivel y cualquiera sea la función que ejerzan. También quedan comprendidos los transportes privados de menores de edad". Pero en la práctica, ni a los docentes u otros trabajadores que se desempeñen en colegios ni a los transportistas se les requiere el certificado para ejercer sus funciones. Desde el Ministerio de Educación provincial reconocieron la situación. Sin embargo, aclaran que sí se exige el certificado de buena conducta (o de antecedentes) por lo que detectan los casos de los trabajadores que cometieron cualquier ilícito."Si no presentan el certificado de antecedente policial y judicial no damos posesión del cargo. Es más, hubo casos de rechazo por antecedentes penales", explicó Alfredo Colazo, titular de la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales de la cartera educativa provincial.Además, aseguró que a partir de este año se implementará el pedido de certificados del registro.En tanto, transportistas consultados manifestaron que a ellos tampoco les requieren el certificado. Sin embargo, también a ellos la Municipalidad de Córdoba les exige certificado de buena conducta. Sólo en la ciudad hay 1.111 vehículos habilitados como transporte escolar."Si en el certificado de buena conducta figura algún antecedente, se lo manda al área de legales para ver si se extiende la habilitación. Pero nunca se lo aprueba en caso de delito grave como una violación u homicidio", aseguraron desde el área de documentación de un CPC.

Puntos de vista

Alfredo Colazo (Ministerio de Educación de Córdoba). "No solicitamos ese certificado, pero sí el de buena conducta, por lo que nos enteramos si la persona cometió cualquier tipo de delito".

Cristina Graciano (Transportista). "El principal requisito para ser transportista es el certificado de buena conducta. Si no lo tenés, no te habilitan y no se puede ejercer".

Elsa Sans (Transportista). "Renovamos carné cada cinco años. Y cada dos, debemos presentar el certificado de antecedentes y estudios psicológicos".