Facebook incumplió la orden judicial sobre un perfil falso en Río Cuarto
Facebook Argentina fue notificado en Buenos Aires y tiene un último plazo de diez días para cumplir con lo ordenado por el juez federal Carlos Ochoa “bajo apercibimiento de ley”.
Río Cuarto. La red social Facebook no cumplió con el mandato judicial que le ordenaba comunicar a los "amigos" de un perfil que éste había sido cerrado porque era apócrifo. En septiembre pasado, el abogado riocuartense Enrique Novo, perjudicado por la apertura de un perfil falso de Facebook con su nombre, reclamó a la Justicia Federal no sólo que se disponga el cierre sino que todos los contactos sean advertidos de que "era trucho".
Según informó, la causa se encuentra ahora en etapa de ejecución de sentencia porque el fallo “quedó firme y fue consentido”. Esta semana Facebook Argentina fue notificado en Buenos Aires y tiene un último plazo de diez días para cumplir con lo ordenado por el juez federal Carlos Ochoa “bajo apercibimiento de ley”.
La demanda de Novo fue pedida "sin imposición de costas" para demostrar que sólo se buscaba proteger los derechos a la identidad, a la intimidad y a la imagen. Pero para el caso en que no se comunique a los contactos que el perfil falso fue cerrado por ser apócrifo, Novo pidió ahora la aplicación de asterintes (una suerte de multa que se incrementa periódicamente, según el tiempo de retardo en que incurre el deudor).
Novo, docente de la UNRC y exconcejal, reseñó: “Los mecanismos para intentar eludir a la Justicia son cercanos al absurdo, porque se presentó un Estudio Jurídico que dijo ser apoderado de la parte demandada (no lo acreditó) y manifestó que se debía ´comunicar´ la resolución judicial a ´Facebook Irlanda´, precisando un domicilio en Dublín”. “Lo paradójico es que en una causa en Formosa contra Facebook Argentina SRL, de contenido distinto, un abogado que dijo ser apoderado manifestó al tribunal que debía comunicarse la resolución a Facebook Inc (Estados Unidos)”. Novo agregó que, en tanto, en octubre, recibió una carta de “Facebook Argentina SRL, vía Varsovia (Polonia)” en la que, mediante un texto sin firma, se informa que quienes habitan en EEUU o Canadá se rigen por las normas reguladas por Facebook Inc (Norteamericana), mientras que el resto se rige por las ´leyes de Irlanda´”.
Novo consideró que no corresponde notificar a Facebook Irlanda: “No inicié la demanda como usuario de Facebook sino como un simple justiciable al que en una red social le habían creado una cuenta apócrifa en su perjuicio y, además, cualquier habitante de este país, aún litigando como usuario de Facebook, no puede verse impedido de acceder a la Justicia, en virtud de normas creadas unilateralmente que resultan inaplicables e inconstitucionales”.
Nada virtual
El abogado destacó que el juez federal dio inicio al trámite de ejecución de sentencia “porque en la causa está acreditado que la cuenta apócrifa se cerró 48 horas después de que Facebook Argentina SRL recibiera su carta documento y en la página web oficial del organismo estatal competente de la provincia de Buenos Aires “surge que el principal socio de Facebook Argentina SRL es “Facebook Inc” (o sea Facebook norteamericana) por lo que Facebook Argentina SRL no puede eludir la sentencia judicial”.
Finalmente, Novo que también es director del Instituto de Derecho del Colegio de Abogados, citó a Jacqueline Peschart Mariscal (Comisionada Presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos de México ) para afirmar que: “El ciberespacio no es virtual sino que forma parte del espacio real” y “debe existir un balance entre el despliegue de la libertad de expresión y la protección de su dignidad como personas, ya que los jóvenes tienen una expectativa razonable de privacidad, al compartir su información con otros en los ambientes digitales (…).”.

