Eugenia Monte: El feminismo logró cambios en el debate jurídico sobre aborto
Eugenia Monte es la autora de una tesis doctoral en la UNC sobre el aborto. Es la primera desde la perspectiva feminista del derecho. Dice que esa lucha influye en los fallos.
¿Cuál es el impacto que los movimientos feministas y las organizaciones provida tienen en las sentencias judiciales sobre el aborto en la Argentina?
Eugenia Monte (33), flamante doctora en Derecho y en Ciencias Sociales por la UNC, asegura que si bien no se puede medir el impacto, sí se puede decir que los discursos feministas han modificado fallos en las cortes.
“En mi tesis doctoral se observa cómo se permean las demandas feministas en los procesos judiciales. Las feministas logran llevar su punto de vista a las cortes frente a posiciones conservadoras religiosas tanto de organizaciones provida como de profesionales médicos y funcionarios judiciales”, explica Monte, autora de la primera tesis doctoral en la UNC sobre aborto desde la perspectiva feminista de derecho.
En la investigación, Monte analiza dos procesos judiciales resueltos por la Corte Suprema: el de Silvia Tanus, una mujer con un embarazo de un feto anencefálico, y el de F.A.L., una adolescente de 15 años con un embarazo producto de un abuso sexual. En ambos casos, se falló de manera favorable al aborto. En el caso Tanus se trató de un parto adelantado.
“Lo que viene a demostrar la tesis es que el discurso legal sobre el aborto se va configurando en la Corte. ¿Quiénes lo van configurando? Los que participan en el proceso judicial”, explica Monte, oriunda de Villa del Rosario.
La tesis aborda el potencial del feminismo como transformador del orden social. En la investigación subyace la idea de cómo los movimientos feministas han logrado instalar el debate sobre cuestiones relacionadas con la sexualidad y la reproducción y, a la vez, de qué manera ayudaron a la redefinición de las nociones tradicionales de desigualdad, derecho y política. Es decir, aborda las modificaciones a la regulación jurídica del aborto desde una perspectiva feminista del derecho.
Miradas diversas
La tesis analiza procesos judiciales en los que intervienen agrupaciones de mujeres y feministas, organizaciones del movimiento provida, profesionales médicos y Comités de Bioética.
“Me interesa mostrar que en el proceso judicial no se resuelve un conflicto sociopolítico previo, sino que el conflicto se constituye en el proceso judicial por diferentes intervenciones que son habilitadas, obturadas y definidas por los jueces”, explica Monte.
De esta manera, lo que observa es cómo se va constituyendo el conflicto sociopolítico sobre el aborto en el proceso judicial y cuáles son las disputas discursivas y los efectos que tienen en regulaciones sobre el aborto.
La investigación demuestra, por ejemplo, cómo en esas diferentes intervenciones convergen los discursos científicos y el discurso jurídico sobre el aborto. Las tecnologías médicas, como las de las ecografías, por caso, permiten que se sostenga que el feto es un sujeto de derecho.
“Lo que organizaciones de mujeres, feministas, provida, profesionales médicos y comités de Bioética dicen sobre el feto va a repercutir en las formas en las que se entiende la criminalidad. La criminalidad se expande o se restringe dependiendo de las condiciones subjetivas que se le dé a ese feto”, sostiene Monte.
Las excepciones existen
Los casos que analiza Monte discuten el artículo 86 del Código Penal, que determina que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta no es punible cuando se realiza para “evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios” y, textual, “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
“En Argentina, el aborto se penaliza con excepciones en 1921, pero empieza a discutirse mucho tiempo después”, subraya Monte. Tras la reforma constitucional de 1994, se forma un grupo para resistir la cláusula que reconoce el derecho a la vida en el momento de la concepción y comienza a visibilizarse al aborto como una cuestión de salud y reproducción.
Con el caso de Tanus, en el 2000, las asociaciones feministas empiezan a discutir los límites del artículo 86 y a desmitificar la idea de que en la Argentina la penalización del aborto es total. “Lo que comienzan a mostrar es que hay excepciones a la penalidad por cuestiones de salud y exponen lo que le sucede al cuerpo que sostiene un embarazo a través del relato biográfico”. De esta forma, el feminismo logró marcar una temporalidad singular al debate jurídico sobre el aborto.
Los discursos religiosos
Además de mostrar la convergencia entre los discursos científicos y jurídicos, la tesis también analiza cómo se imbrican los discursos religiosos en los discursos de los derechos humanos, tanto de las organizaciones católicas conservadoras como de las organizaciones católicas feministas.
“La religión puede ser usada de dos formas: en un sentido disidente, en el caso del feminismo; y en un sentido reactivo y conservador, en el caso de las organizaciones provida. El análisis del discurso permite mirar cómo se va moviendo el discurso de los derecho humanos de un lugar a otro en el proceso judicial”, remarca.

