El TSJ confirma la absolución de “Eli” Díaz
Es la joven de Traslasierra que le quitó la vida a su bebé recién nacida. El embarazo había sido fruto de la violación de un vecino.
Villa Dolores. Ayer se conoció que el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba (TSJ) confirmó la sentencia de absolución de Elizabeth Díaz, la joven que en 2006 le quitó la vida a su hija recién nacida, producto de repetidos abusos sexuales.El juez Mario Morán, que en noviembre de aquel año presidió un tribunal con jurados populares, comentó ayer la información. "Este podría ser un antecedente importante para resolver la casación pendiente a la condena a Benavides", señaló ayer Morán. Se refería a Arturo Benavides, el comerciante de 60 años que en noviembre de 2008 fue condenado a ocho años de prisión por haber abusado sexualmente de la joven desde que ésta tenía 9 años en el pueblo de San Javier, donde eran vecinos. Seguir adelante. "Ahora me doy cuenta de que necesitaba esta noticia, me sirve para estar mejor y para salir adelante. Ahora me siento más libre, nada me hará olvidar lo que viví, pero esto me da fuerzas", dijo ayer "Eli" Díaz, quien hoy vive con sus dos hermanos menores, de 12 y 14 años, de quienes es tutora en la escuela. "Si en aquel momento me hubieran condenado, no me habría importado, porque mi vida no era vida", dice la chica que el año pasado terminó la secundaria con muy buenas notas, luego de haberse convertido, en Córdoba, en un ícono de la lucha contra el abuso. Este año la joven comenzó un profesorado en Villa Dolores, mientras busca un trabajo fijo. En 2006, de los ocho jurados populares que actuaron en el juicio, seis votaron por la absolución de Díaz. Los otros dos, y los dos jueces técnicos, optaron por la condena. Morán fundamentó la absolución en un informe psicológico que afirmaba que la joven, entonces de 19 años, no fue consciente de sus actos cuando dio a luz y mató a su niña encerrada en un baño de la localidad de San Javier. El fiscal de cámara, José Luis Cerioni, presentó entonces un recurso de casación, que fue rechazado por el TSJ. El máximo tribunal señala en el fallo que Díaz "padecía un estado que le impedía asimilar el significado de las conductas que realizaba, esto es, comprender la criminalidad de sus actos y, en consecuencia, dirigir sus acciones, resultando imposible exigirle actuar de otro modo".Caso testigo. El caso de la joven conmocionó en 2006 a la provincia y al país."Eli" fue encontrada en el baño de la casa en la que trabajaba el 8 de febrero de ese año. Había parido y dado muerte de inmediato a una niña de tres kilos nacida en término, aunque nadie había notado su embarazo. La chica pertenecía a una familia muy humilde de la zona y carecía de información sobre salud sexual. Fue acusada de homicidio calificado por el vínculo y estuvo presa en Bouwer hasta noviembre. Durante su mediatizado juicio se conoció que su abusador durante nueve años era un comerciante vecino de la familia.En San Javier se realizaron manifestaciones a favor de la joven, quien finalmente fue absuelta.
El caso de Romina Tejerina, presa en Jujuy
Si bien ambos casos no son iguales, las historias de "Eli" Díaz y de Romina Tejerina son consideradas como un símbolo del reclamo por los derechos de las mujeres abusadas. Pero la joven jujeña sigue presa.Romina Tejerina es la joven jujeña condenada a 14 años de prisión por asesinar a su hija recién nacida. La Corte Suprema de la Nación rechazó una apelación presentada por sus abogados, que ahora reclaman un indulto presidencial como último recurso.Los abogados esperaban que la Corte redujera la pena a ocho años de prisión, pero la mayoría del tribunal tomó buena parte de los argumentos esgrimidos en 2007 por el procurador Eduardo Casal en su dictamen.El 21 de febrero de 2002, Tejerina dio a luz en el baño de su casa a una bebé de siete meses de gestación, a la que mató de 17 puñaladas. La joven estaba acompañada por sus hermanas.Tras el hecho denunció que el embarazo era producto de una violación y acusó por el presunto abuso a un vecino 20 años mayor que ella, pero esa circunstancia no llegó a probarse.El acusado, que había mantenido con ella una relación de casi un año, fue sobreseído por la Justicia. Durante el juicio, la defensa también había pedido que se considerara inimputable a la joven porque sostiene que sufrió un estado de emoción violenta.

