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Transporte de larga distancia. El Gobierno nacional desreguló el despacho de equipajes y encomiendas: cuáles son los cambios

La normativa indica que cada empresa establecerá las características técnicas y el diseño de los dispositivos para vincular el equipaje, y encomienda, con el pasajero y su trazabilidad.

15 de enero de 2026 a las 08:54 a. m.
El Gobierno nacional desreguló el despacho de equipajes y encomiendas: cuáles son los cambios
Movimiento de viajeros en la terminal de ómnibus de Córdoba, en el inicio de las vacaciones de invierno. (Nicolás Bravo / La Voz)

El Gobierno nacional, a través de la Secretaria de Transporte, dispuso mediante la Resolución N°4/2026 del Boletín Oficial el nuevo régimen de trazabilidad de valijas y encomiendas.

La medida elimina la obligatoriedad de usar las antiguas fajas físicas y otorga a las empresas total libertad para elegir qué tecnología utilizar para identificar el equipaje siempre que se garantice “la seguridad e inviolabilidad” del sistema.

La medida elimina la obligatoriedad de usar las antiguas fajas físicas y otorga a las empresas total libertad para elegir qué tecnología usar.  (Nicolás Bravo / La Voz)
La medida elimina la obligatoriedad de usar las antiguas fajas físicas y otorga a las empresas total libertad para elegir qué tecnología usar. (Nicolás Bravo / La Voz) (La Voz)

De este modo queda sin efecto el sistema anterior de control, basado en marbetes y fajas físicas con características técnicas predeterminadas.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (Cnrt) es quién fiscalizará que se cumplan con las disposiciones de la normativa. Y es quien controlará el dispositivo y su seguridad más allá de las especificaciones técnicas de los instrumentos físicos, conforme al sistema elegido por cada empresa.

La medida entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Boletín Oficial.

Cómo funcionará el nuevo sistema de equipaje

El nuevo sistema reemplaza regulaciones vigentes desde 2016, bajo la premisa de simplificar procesos y reducir costos operativos.  (Nicolás Bravo / La Voz)
El nuevo sistema reemplaza regulaciones vigentes desde 2016, bajo la premisa de simplificar procesos y reducir costos operativos. (Nicolás Bravo / La Voz) (La Voz)

El nuevo sistema reemplaza regulaciones vigentes desde 2016, bajo la premisa de simplificar procesos y reducir costos operativos.

Los transportistas deberán garantizar la efectiva identificación de los equipajes y/o encomiendas y la vinculación con su propietario, poseedor, tenedor o despachante, lo que se realizará mediante el empleo de cualquier dispositivo documental y/o tecnológico verificable.

Los dispositivos que se usarán son los siguientes:

  • Código impreso en el pasaje
  • Código QR o electrónico asociado
  • Registro digital en sistema de ticketing
  • Etiqueta impresa por la propia empresa
  • Cualquier otro mecanismo y/o dispositivo que garantice la trazabilidad entre pasajero y equipaje y/o encomienda.

En los casos de servicios de transporte automotor de pasajeros interjurisdiccionales, los dispositivos elegidos por cada transportista deberán facilitar la interoperabilidad de los mismos y su armonización con los sistemas o dispositivos utilizados en la región.

Además no estará permitido el ingreso de equipajes sin identificación al micro, sin derecho a compensación para el usuario.

Encomiendas

Las encomiendas estás podrán identificarse con un código o registro digital, sin obligación de usar fajas físicas. (Nicolás Bravo / La Voz)
Las encomiendas estás podrán identificarse con un código o registro digital, sin obligación de usar fajas físicas. (Nicolás Bravo / La Voz) (La Voz)

En el caso de las encomiendas estás podrán identificarse con un código o registro digital, sin obligación de usar fajas físicas.

Los transportistas deberán además mantener un sistema para conservar y rendir datos que facilite la gestión de reclamos y la comprobación del despacho de equipajes o encomiendas.

En caso de pérdida total, parcial o deterioro del equipaje, se aplicarán las indemnizaciones previstas por la resolución 47/1995 o la normativa que la reemplace.