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El asesino de Jésica Tolosa, favorecido por un fiscal

Raúl Gualda acusó de homicidio culposo al hombre que quemó y mató a su mujer. En varios casos de violencia de género, el funcionario bajó la calificación.

13 de octubre de 2014 a las 12:02 a. m.
El asesino de Jésica Tolosa, favorecido por un fiscal
Gualda actuará como acusador en el juicio por la muerte de Mariana Ellena (Sergio Cejas/Archivo).

La reciente sentencia por el homicidio de la mujer a la que su pareja roció con nafta y le prendió fuego sigue generando controversia. Pero lo más llamativo es que ese veredicto ya no puede ser revisado de ningún modo, porque el acusador no lo cuestionará, ya que él fue quien pidió que el asesino sea condenado por homicidio culposo.

Así, Diego Fabián Acuña recibió una pena de cuatro años y ocho meses de prisión por matar a Jésica Tolosa, en lugar de perpetua.

Le arrojó nafta, con lo que empapó toda su cabeza, sus brazos y su torso, le acercó un encendedor y le hizo chispas hasta que la humanidad de la mujer tomó fuego. Jésica murió 25 días después por una neumonía debido a las quemaduras en sus vías aéreas. Según el fiscal de Cámara Raúl Gualda, el hombre no tuvo intención de matarla y esta acción debe encuadrarse como culpa y no como dolo.

El jurado popular de la Cámara Cuarta del Crimen condenó según la figura que propuso el acusador (la instrucción dijo que era un hecho doloso) en fallo dividido, por seis votos contra tres (hubo un pedido de absolución). Los jueces técnicos que votaban se dividieron también, uno a uno.

Vale aclarar que en el pedido de elevación de la causa, el fiscal de instrucción solicitó que al acusado se lo sometiera a juicio por homicidio doloso, con pena de prisión perpetua. Sin embargo, el fiscal de Cámara valoró la prueba de forma distinta a la del fiscal de instrucción y sostuvo que se trató de un homicidio culposo (por imprudencia).

Según la interpretación de instancias judiciales jerárquicas, la calificación legal y el monto de la pena del pedido del fiscal de Cámara es el límite por el cual puede condenar el tribunal.

En contra

El camarista que discrepó con el fiscal fue Andrés Achával, quien en su voto demostró tener argumentos identificados con la conciencia de género: citó la Convención de Belem do Pará, la Ley de Protección Integral a las Mujeres (26.485), jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) y a Hilda Marchiori en lo relativo a que en este tipo de violencia “‘la víctima sufre reiterados comportamientos agresivos, una escalada de violencia cada día o semana más agravada y de mayor riesgo’, caracterizada por su duración, multiplicidad y aumento de gravedad”.

Achával critica manifestaciones populares como “la concepción según la cual la relación de pareja está trazada por las coordenadas de los derechos de propiedad”. Para este camarista debieron tomarse en cuenta los indicios de la relación de pareja, violenta, “que a la luz del último episodio, la gravedad de los ataques va in crescendo”.

Criticó a quienes se guiaron por las palabras de la víctima en su lecho de muerte, que musitó que no denunciaba a su pareja porque lo quería. Reflexiona el juez citando jurisprudencia: “El extremo de la situación de sometimiento en la que se encuentra la víctima se observa en su afirmación luego del hecho, según la cual ella se merecía lo que le había pasado”. Dice que Jésica “justifica a su agresor diciendo que cree que sólo quería asustarla”.

Más allá de lo que haya sucedido después de encender el fuego (aseguran que Acuña ayudó a la víctima, al darse cuenta de lo que había hecho), para Achával la doctrina es clara cuando sostiene que “dolo es la determinación de la voluntad hacia el delito”.

Gualda anticipó que no iba a realizar declaraciones a la prensa.

Sin remedio

Como los jueces no podían condenar por la figura más drástica y como es obvio que Gualda no recurrirá esta sentencia, no hay posibilidad de que un tribunal superior la revise. No hay querellante, por lo cual no habrá quien apele.

Un camarista recientemente advirtió sobre esta situación. Ítalo Vitozzi, de la Cámara Segunda del Crimen, hace algunos meses se enfrentó con este mismo fiscal también en un juicio sin querellante y con una acusación que Gualda consideró que debía ser más atenuada. En su fallo, Vitozzi sugería –acaso proféticamente– “sencillos y rápidos mecanismos de control a efectos de asegurar que triunfe la calificación jurídica correcta”.

En su sentencia, en la que debió adherir a la acusación de Gualda, el camarista dijo: “Lejos estoy de tener la omnipotencia de creer que mis argumentos son los correctos y, por ende, pretender imponerlos”. Lo que sí pretendía era que se “pueda enmendar o solucionar un erróneo encuadramiento jurídico”.

Sugirió tres mecanismos: dotar al fiscal General de la posibilidad de recurrir; nombrar a todas las víctimas (o familiares) un defensor para que se constituya como querellante; y permitir que el TSJ pueda recurrir a un “mecanismo expedito de intervención”.

Esta sentencia motivó a Gualda a pedir no ingresar a ningún debate en el que estuviera Vitozzi. Días después, fue pasado a los juicios de la Cámara 4ª, donde se juzgó este femicidio.

Femicidios en 2014

Cantidad. En la provincia de Córdoba se registraron 11 femicidios en lo que va de 2014.

Consultas. Sobre violencia familiar, al 0800-888-9898 las 24 horas. Personalmente, en Emilio Olmos 175 de 8 a 18.

Denuncias. Por violencia física o amenazas, en la Unidad Judicial de Violencia Familiar, Duarte Quirós 650, las 24 horas.