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Córdoba: crean registro de aspirantes travestis, transexuales y transgénero para trabajar en Tribunales

Se realizó con el objetivo de cumplir la ley de cupo laboral trans y eliminar los obstáculos de ingreso al Poder Judicial a esta población en particular. Cuáles son los requisitos.

01 de noviembre de 2022 a las 04:14 p. m.
Córdoba: crean registro de aspirantes travestis, transexuales y transgénero para trabajar en Tribunales
ID:6180596 algunas ventanas abiertas otras cerradas tribunales 1 Cordoba el 07 de May de 2021 ventilación de locales comerciales, bares y dependencia públicas. Foto: Pedro Castillo

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) creó el Registro Único de Aspirantes Travestis, Transexuales y Transgénero para personas que quieran trabajar en los Tribunales de Córdoba.

La medida viene a propósito de la Ley 27.636 de promoción del acceso al empleo formal “Diana Sacayan - Lohana Berkins”, más conocida como “Cupo trans”, para dependencias públicas nacionales.

Según indicaron desde el TSJ a través del portal Justicia Córdoba, la iniciativa “busca promover la igualdad real de oportunidades y es una forma de generar medidas de acción positivas orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de este grupo de personas”.

Para la implementación de la medida, el alto cuerpo delegará en el área de recursos humanos el procedimiento de convocatoria de quienes integren el Registro Único, así como el mantenimiento de los listados.

El objetivo es eliminar los obstáculos que le han impedido o dificultado cumplimentar los requisitos usuales que se le exigen a quienes aspiran su ingreso al Poder Judicial.

Requisitos para inscribirse en el registro

Entre los requisitos para aspirar a trabajar en el poder judicial figuran:

  • Ser mayor de edad.
  • Ser una persona cuya identidad de género sea travesti, transexual o transgénero según lo establecido en el artículo 2° de la Ley 26.743. (Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales).
  • Ser estudiante de la carrera de Abogacía con al menos seis (6) exámenes finales aprobados o estar graduado/a de esa carrera con nivel universitario y título oficial.